Para Que No Haya Lugar A Dudas, La Oferta Técnica ¿a Quién Pertenece?
En línea con anteriores artículos publicados en este foro, con el que parece que todos nos hemos vuelto un poco locos, pues no hacemos más que cuestionarnos cosas que son obvias, puede que con este breve estudio vuelva a surgirles la duda de si estamos hablando en serio o no.
Y es que parece que ciertos clientes que acuden a consultorías como la presente a pedir asesoramiento ante la convocatoria de un concurso o asistencia para redactar la propuesta que han de presentar en el mismo, no saben o nadie les explica con claridad que la oferta técnica es suya, pues es el licitador el que se presenta al concurso con una propuesta con la que ha de ganarse el beneplácito de la Administración.
Es más, en ocasiones bajo argumentos enrevesados, insostenibles, parece que los consultores pretenden apropiarse de una propuesta que, reiteramos, es únicamente del licitador que se presenta a la competición con la intención de conseguir la anhelada licencia en juego –radiofónica o televisiva-.
Pero el hecho de que la oferta sea del licitador, ello no hace desaparecer la figura del asesor, figura que se reputa imprescindible si bien jugando "un papel secundario", ya que en su labor ha de supeditarse siempre a las instrucciones del cliente el cual viene con unas ideas más o menos predeterminadas que desea mantener –en caso de tener ya una emisora en antena- o impulsar, en caso contrario. Por tanto, el actor principal –protagonista y directivo- es el propio licitador.
Con la intervención de ambos se ha formar un equipo. Piénsese en el símil de una canoa formada por dos miembros. El trasero –nuestro cliente- que dirige e impulsa la oferta con las ideas que propone y que han de quedar, por tanto, plasmadas en la oferta y el delantero, -el asesor, o asesores pues pueden ser varios en función de las materias objeto de valoración-, los cuales dirigen –mediante su asesoramiento razonado- la oferta hacia uno u otro lado para conseguir el mejor resultado posible y estar en condiciones de pelear por la licencia.
En este equipo los dos componentes son igual de imprescindibles debiendo tenerse en cuenta las ideas aportadas por ambas partes. Las del cliente, que lo normal es que tenga una emisora ya en funcionamiento con una programación, unos medios personales, técnicos o económicos ya conocidos y que van a constituir el "núcleo duro fundamental" de la propuesta.
Cualquier variación notable sobre estos aspectos incorporados en la oferta, aspectos que, reiteramos, ya son conocidos por la audiencia, llamarían la atención al órgano encargado de la valoración que minusvaloraría la puntuación. Teóricamente no debería tenerse en cuenta este factor debiendo de ceñirse a lo plasmado en la propuesta, pero es esencial que la propuesta sea creíble. Proponiendo algo radicalmente diferente a lo conocido nos lleva al efecto contrario al pretendido, que no es otro que una mala valoración por falta de credibilidad.
Piénsese, por ejemplo, en una emisora monotemática, todos conocemos emisoras exclusivamente musicales o informativas. Si, de repente y alejándose de su espíritu o filosofía, se presenta una propuesta totalmente desconocida lo que la audiencia en general conoce, detalle al que los miembros de la comisión de valoración no se pueden sustraer, incidiría, por la razón expuesta, en una valoración eminentemente negativa.
De igual manera, en el supuesto de pretender lanzar una emisora la base sobre la cual se ha de empezar a confeccionar la oferta es la programación que el impulsor de ésta tiene en mente y los medios económicos, humanos y técnicos de que dispone o puede llegar a disponer
Hasta aquí tenemos las ideas que nos aporta el cliente o licitador y con ellas ha de jugar el asesor para que, combinándolos con sus conocimientos consiga un ajuste máximo de los mismos a los criterios de valoración del pliego, en definitiva se encarga de "dar forma" a la oferta con la combinación de ambos elementos, los aportados por el licitador y los aportados por el consultor.
Consultor que, en otras palabras, es el encargado de velar porque la propuesta guarde el debido equilibrio entre lo que desea ofertar el cliente y los criterios de valoración insertos en el pliego. No se puede sustraer a ninguno de los dos elementos, pues ambos son fundamentales.
Presentar una oferta alejada de lo que realmente propone el licitador o de los medios –económicos, humanos o técnicos- de que dispone o puede llegar a disponer es una especie de "suicidio", pues lo plasmado "sobre el papel" en caso de conseguir la licencia –todas las licitadoras parten en igualdad de condiciones y todas pueden, en puridad, acceder a la licencia, pues en caso contrario no se presentarían- es vinculante y la Administración va a exigir su cumplimiento revocándose la licencia en caso de que no cumpla con la propuesta.
De ahí que haya que tener cuidado con una propuesta cargada de ideas grandiosas, aún muy cercanas a los criterios de valoración del pliego, y difíciles de conseguir pues con ello nos estaríamos jugando la revocación de la licencia que nos ha costado tanto conseguir por no poder cumplir con los términos de la propuesta. Y esto sería una auténtica lástima.
Una vez se tienen todos los ingredientes –los aportados por el cliente matizados con las ideas técnicas del asesor- sólo falta "cocinarlos", labor que, por lo general se suele encomendar, igualmente, a éste último, pues se supone que tiene amplia experiencia en la materia y eso, ya de por si, es una garantía. Pero nada impide que, guiado por éste, sea el mismo cliente el que desee redactar la oferta y así lo haga finalmente.
En caso de ser el asesor el encargado de esta labor, lo mínimo que se le puede exigir es que ponga especial empeño en redactar una propuesta, no sólo atractiva, sino con aspectos o rasgos que permitan conceptuarla como "diferente", o "única", "algo nunca visto hasta el momento", lo cual no es una tarea nada fácil.
Si la labor de éste se va a resumir a coger modelos preestablecidos y sencillamente a adaptarlos, en primer lugar no sólo estaremos perdiendo muchas posibilidades, sino que, hablando claramente, sería absurdo encomendárselo a este. Siendo así, esta tarea no requeriría particulares conocimientos y el mismo licitador podría hacerlo, pero no es esto lo que se pretende, más bien todo lo contrario. Se busca que la oferta sea única e irrepetible.
Una vez rematada la propuesta y lista para presentarse la misma es el licitador el que recupera su papel protagonista, vuelve a erigirse en "dueño y señor" sobre ésta y el que toma la decisión última sobre la misma y el asesor, aún en el caso de ser redactor de la misma, no puede negarse a entregar una copia de la propuesta definitiva, sencillamente porque la oferta es suya.
La negativa a entregar una copia de la propuesta al cliente supone sencillamente apropiarse de algo que no le pertenece y un riesgo, en casos extremos, de que lo finalmente presentado no se ajusta a las ideas propuestas por aquél, sobre las que han de girar la oferta.
Ningún argumento puede esgrimirse para defender la negativa a dicha entrega –esta postura es indefendible bajo ningún concepto-. La misma no tiene amparo o cobijo en norma legal alguna, por mucho que se pretenda.
Por ello, el asesor nunca va a poder justificar una negativa como la mencionada.
El cliente, en definitiva, tiene derecho a ver y analizar la oferta que se va a presentar, tiene derecho a pedir todas las rectificaciones del mundo si está disconforme y tiene, aunque sea llamativo, derecho a separarse –con el riesgo que ello conlleva- de los consejos dados presentando una oferta propia si considera que la redactada no satisface sus exigencias. Recordemos que, en términos gráficos es "dueño y señor" sobre la misma.
Y, como complemento, el asesor está obligado a cumplir con el derecho que le asiste al cliente, sometiéndose a sus exigencias y requerimientos.
Puede que, por error o descuido, al asesor se le olvide presentarle el original –si es el cliente el que la va a presentar- o una copia, en caso contrario.
En caso de que así suceda no dude en exigírsela, "es suya" y tiene derecho a saber lo que se va a presentar es realmente la propuesta deseada –en caso contrario corre con el riesgo de que no se presente la propuesta deseada, y ese es un riesgo muy grande que el licitador, ante todo lo que hay en juego, no puede permitirse-.
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