Nuevo Codigo Procesal Penal Peruano
CULTURA POLICIAL INQUISITIVA.
Por: Enrique Hugo Müller Solòn mullerabogados@hotmail.com
Cualquier Abogado puede comprobar la manera tan lenta como la Policía Nacional del Perú (PNP), particularmente en la ciudad de Trujillo, se viene adecuando al nuevo modelo procesal penal acusatorio. El necesario cambio de mentalidad para abandonar la tradicional cultura policial inquisitiva no se ha desarrollado adecuadamente y lo que es peor, existen Policías, que malinterpretan o prefieren ignoar la nueva ley procesal penal, y lejos de contribuir a mejorar los niveles de administración de justicia, la entorpecen; descalificando y tornando en inútiles sus intervenciones y procedimientos por carecer totalmente de efecto legal. Los altos mandos en su afan de legitimizar el trabajo policial ante la demanda ciudadana de mayor seguridad, no dudan en recurrir a los medios de comunicaciòn trangrediendo la ley, presentando armas, detenidos, especies recuperadas, etc. sin respeto alguno por las formalidades garantistas que establece la nueva ley procesal penal. Los Fiscales debidamente preparados y capacitados, prefieren pasar por alto esta deficiencia y cumplen su labor con sus propios medios y recursos; ellos podrìan mejorar la situaciòn existente, pero optan por dejar las cosas como estan.
Pero estos Policías no son responsables totalmente de esta caòtica situación, no se trata de una resistencia o de una falta de voluntad, ellos no son abogados, ni tienen porque saber interpretar la Ley, son los encargados de hacerla cumplir y de adecuarse a ella en el cumplimiento de sus funciones, pero para ello requieren estar debidamente capacitados. El año 2007 intervine como Coordinador Policial ante la Comisión de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) Distrito Judicial La Libertad, y fui testigo de la total falta de interés para la capacitación de los Policías, tanto por parte de los organismos estatales creados para ese fin como de la misma PNP, no hubo capacitación, ni adecuación, ni implementación para los Policìas del Departamento de La Libertad, solo un oequeño curso y un Manual que pude elaborar para ellos; sin embargo el 01 de Abril fecha del inicio de aplicación del NCPP en la Plaza de Armas de Trujillo el Ministro Luis ALVA expresó sin remordimiento alguno y con el discurso mediático y populista de siempre: "… nuestra Policía Nacional no estará sola, contará con el decidido respaldo y apoyo del despacho ministerial…la Policía Nacional hará un esfuerzo muy importante por que incorporará a su diario quehacer nuevas prácticas para garantizar los derechos fundamentales de las personas…el despacho ministerial se haya abocado a obtener un crédito suplementario, lo suficientemente amplio, para modernizar la infraestructura y el equipamiento institucional".
Dos años después, invitaría al Señor Luis ALVA ex – Ministro del Interior y residente del Distrito de Moche - Trujillo, para que visite la Comisaría de su sector de residencia y vea que tan bien implementados, capacitados y adecuados al nuevo sistema procesal penal se encuentran los Policías que laboran en dicha Comisaría. Realmente es una pena. La Policìa progresivamente va perdiendo el importante rol que le ha designado el nuevo modelo procesal penal, sin que en ninguno de sus estamentos de doctrina, instrucciòn, capacitaciòn o de organizaciòn, se adopten los cambios necesarios para su adecuaciòn. A tres años de haberse iniciado el cumplimiento del cronograma de puesta en vigencia en el Perù esta es la situaciòn en uno de los mas importantes Distritos Judiciales: La Libertad.
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En los lugares donde se viene implementando el nuevo modelo procesal penal, la Policía Nacional se adecua al nuevo modelo a su manera, sin mayor capacitación ni cambios en su modo de pensar o de actuar, creyendo en la mayorìa de casos que el Fiscal està usurpando sus funciones
El Ministerio Publico es el titular del ejercicio publico de la accion penal en los delitos y tiene el deber de la carga de la prueba, cuenta con el apoyo relevante de la Policia Nacional para el cumplimiento de sus funciones.
Una recopilación de los anuncios clasificados más curiosos publicados por particulares durante el año 2011
"España tiene, por desgracia, la dudosa reputación deportiva que acompañó durante décadas a la desparecida Alemania del Este. Claro que en aquella época las técnicas antidopaje no eran tan sofisticadas ni se aplicaban tan a rajatabla como ahora".
La farmacia vive tiempos de manifestaciones y huelgas por los recortes y retrasos en el pago. Es considerado un "colectivo privilegiado", como lo fueron antes los empleados de Telefónica, los notarios o los controladores.
Dessau Chile y EDIC. Aunque iniciativa hidroeléctrica de Colbún fue aprobada por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en 2008, los problemas asociados a la ingeniería y la geología obligaron a suspender las obras en 2010. A fines de 2011 Colbún informó que es tal el nivel de deficiencias en el proyecto original que se requerirá la elaboración de un nuevo estudio de impacto ambiental.
"¿Por qué habría de tener menos valor el contrato matrimonial ante un notario que ante un concejal del PSOE o del PP, pongo por caso? Más durabilidad tiene una compraventa inmobiliaria o una hipoteca y ya ven, ningún edil está legitimado para legalizarla".
Problemas y soluciones. Unas veces hermanos y otras enemigos irreconciliables. La mente crea los problemas, luego, depende en gran medida de nosotros, que los solucionemos o sigamos cebándolos como a los cerdos antes de la matanza, para que se críen gordos, fuertes y resistentes, y en consecuencia, sea mucho más complicado poder solucionarlos.
La semana pasada volvía a Madrid. Hace ya nueve años que viví en la capital de España. Cómo pasa el tiempo. Es cierto que después he vuelto en contadas ocasiones, pero han sido visitas más que fugaces. Esta vez me quedé unos días tras celebrar un juicio. Los suficientes para darme cuenta que muchas cosas han cambiado alli, y no precisamente para bien.
Sin la consulta comunal, ni participación como socios y accionistas, ocupan las tierras comunales, utilizan agua y explotan los metales oro, plata, estaño, cobre, imponiendo la exclusión social en beneficio económico monopolico solo de la empresas, generando la división entre comuneros y la corrupción en las autoridades
En la Experiencia Trujillo, La forma como se inciò la aplicaciòn del Nuevo Còdigo Procesal Penal en La Libertad - PERU, fue realmente un atropello a la Policia Nacional y a sus integrantes, algo lamentable que debe ser objeto de una reflexiòn por parte de quienes tuvieron a su cargo desde los mas altos niveles el proceso de implementacion y capacitacion de los operadores del nuevo sistema. Esto debe ser corregido de manera inmediata y ojala no vuelva a repetirse en los lugares donde todavia falta implementar el NCPP.
Hace unos días, el Ministro del Interior Octavio Salazar Miranda acompañado por el Director de la Policía, realizó un evidente circuito político, utilizando como pretexto la seguridad ciudadana
Y como ya estaba anunciado, se promulgó la Ley Nº 29356 el 11 de mayo del año 2009 y publicada en El Peruano al día siguiente. Me refiero a la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, con características muy similares, a lo que comúnmente conocemos como “Ley del Embudo” y contraviniendo los principios de igualdad ante la ley, equidad y presunción de inocencia. El mandato único de esta nueva Ley puede resumirse en el refrán: "Lo ancho para otros, lo estrecho para uno”.
Los problemas comunes que enfrentan las organizaciones policiales en América del Sur, marcan su lento proceso de reforma y avance hacia políticas proactivas orientadas a satisfacer las demandas ciudadanas y consolidar su naturaleza civil. Un primer aspecto lo encontramos en la relación existente entre la Policía y el poder político, que en periodos largos de la historia de los países sudamericanos han tenido características no democráticas (Gobiernos Militares) y el Perú no ha sido ajeno a esas circunstancias.
Desde luego son posiciones personales nefastas y saben que son simples personajes que sobreviven desvertebrados y claudicantes al mandante que los colocó en la cima. Con tal incapacidad necesitan de una "corte" que los secunde, para justificar su permanencia en el cargo más allá de los valores vigentes y de las verdaderas necesidades de la organización policial, que espera algo de ellos pero que desatienden por completo
Y así vemos a los policías patrullando a pie o en vehículos aparentemente vigilantes pero realmente alejados del entorno que los rodea, sólo reaccionarán cuando de su central de radio o alguna persona les informa sobre el lugar donde se acaba de producir un delito.
Sin embargo, allí estaban presentes en el hemiciclo el Director General de la PNP y el Comando Policial, aceptando con su callada presencia los graves cargos y responsabilidades que la señora Ministra les imputaba y lo hacía conocer al Perú entero, generando obviamente indignación, desmoralización y “vergüenza ajena” en toda la Policía Nacional.
Hemos visto a estos altos mandos de la PNP en mea culpa tratando de demostrar desesperadamente que no hubo interferencia política de ninguna clase y que la decisión con respecto a la forma y modo en que se ejecutaron las operaciones en Bagua fueron hechas única y exclusivamente por el comando de la Policía Nacional.

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Pero es el caso, el primero en conocer el hecho criminal es la Policía quienes acopian las evidencias y en ese momento no se encuentra el Fiscal, entonces porqué se trata de menospreiar la labor policial; y acotando a los comentarios anteriores, es necesario y muy urgente la capacitación plena de los SEÑORES POLICIAS que arriesgan sus vidas combatiendo la delincuencia , como dice en el argot policiaco o militar, "cuando las papas queman nadie pone la mano", sin embargo el primero en llegar al hecho es la Policía. Asimismo quiero acotar que cuando alguien tiene un percance acude a su Policía, cuando el Fiscal es víctima de robo acude a su Policía , cuando el juez es víctima de lesiones acude a su Policía cuando algún magistrado o abogado es víctima de un hecho ilícito acude a su Policía; por tanto todos como Abogados y la sociedad civil primero acudimos a nuestra Policía nacional para que nos ayude en estos percances, por tanto debemos darles las armas jurídicas y así puedan cumplir de manera exitosa con su labor de manera oportuna y veraz. SALUDOS A TODOS EN ESPECIAL AL DR. ENRIQUE MULLER.
De antemano muchas gracias
Cuando un abogado u operador de justicia, inicia cualquier acto dentro de su función, se basa en la primera Ley, que es nuestra Constitución Política, y eso hasta un estudiante de primaria tiene conocimiento de la supremacía de la Constitución ante cualquier otra norma.
Que dice nuestra constitución en el Art.166 encarga claramente y sin lugar a dudas que la Policía Nacional: “Previene, investiga y combate la delincuencia”.
Art. 159º no señala que el Ministerio Público investiga, sino que Conduce la Investigación, lo que es absolutamente distinto.
Con esto se demuestra que los funcionarios tienen solo las facultades y atribuciones que expresamente les señala la Constitución o la Ley, según corresponda.
Habría entonces que preguntarnos quienes crearon este Nuevo Código P. Penal, esa es una pregunta que se las dejo como tarea? Ya que claramente se aprecia que no tuvieron en cuenta lo que establece la Constitución Política del Perú.
Por que si me enseñaron, que la Constitución es la Ley de Leyes, entonces me enseñaron mal debieron decirme que la los Códigos están sobre la Constitución
Debemos tener presente también que el Fiscal es un Abogado, y no un Policía, por lo tanto su actuación en la Investigación es conduciéndola jurídicamente, esto es, actuando como el Abogado asesor del Policía, que le va señalando los aspectos legales que tiene que observar en su investigación. Y como esto es un mandato constitucional, se debe legislar en cuanto a la responsabilidad que debe caber a los Fiscales si no cumplen con una adecuada conducción jurídica, por lo que es necesario que ante toda investigación deba existir la coordinación el cual dará su fruto contra la delincuencia.
Para no ir mas allá solo les daré un ejemplo de cómo están nuestras normas que se contradicen por no haberse realizado un estudio en conjunto, quiere decir todos los operadores de justicia (Poder Judicial, Ministerio Publico y PNP)
Constitución Política. Art 166 Art. 159
NCPP Art. 60…..67…….70
Y de entre todos los Códigos tomemos lo que expresa el Código de Transito Titulo II Art 7; Policia Nacional del Peru: “previene, investiga y denuncia ante las autoridades que corresponda……….”
Es bueno separar las funciones y poner en equilibrio los poderes, porque ello evitaría la corrupción, generando así un país que otorgue la seguridad y tranquilidad a su población; y si este comentario no sirve para mejorar la confianza en lo operadores de justicia, les recomendaría que escuchen los comentarios en los vehículos de servicio publico de cómo se lleva la justicia en nuestro país. Como uno de ellos es”no interesa que existan pruebas para imputar un delito a una persona, lo que interesa es como arregles (corrupción) “