Guerra Fria De La Seguridad Ciudadana

GUERRA FRIA DE LA SEGURIDAD CIUDADANA.- Por: Enrique Hugo Müller Solòn mullerabogados@hotmail.com
Como recordamos se denominó “guerra fría” al enfrentamiento que existió entre Estados Unidos y la Unión Soviética, entre 1945 fin de la segunda guerra mundial, hasta la caída del muro de Berlín en 1989. Este enfrentamiento tuvo lugar a los niveles político, ideológico, económico, tecnológico, militar e informativo. Ninguno de los dos bloques tomó nunca acciones bélicas directas contra el otro, razón por la que se denominó al conflicto "guerra fría". El asunto no tendría mayor trascendencia, si no fuera porque este concepto foráneo, dio origen a una rígida doctrina de defensa nacional, adoptada por muchos países, entre ellos el Perú y vigente increíblemente hasta nuestros días, Es decir, que a pesar de haberse acabado hace más de 20 años la “guerra fría”, carecemos de una auténtica doctrina de seguridad nacional, y seguimos viendo la seguridad en términos de los enemigos internos y enemigos externos que atentan en contra de la estabilidad del Estado. Al persistir las estructuras y los conceptos que sustentan esta doctrina se construye una noción de seguridad completamente ajena a la vida de los seres humanos y las necesidades de los ciudadanos comunes. Este obsoleto concepto deja de lado las preocupaciones legítimas de la gente común que procura tener seguridad en su vida cotidiana, dando prioridad a las preocupaciones e intenciones del Estado según sus particulares intereses.
Lo más grave, es que las autoridades siguen dando respuesta a los problemas que afectan la convivencia y la seguridad ciudadana, a partir de principios y supuestos de esta doctrina de seguridad nacional, centralizando de manera excesiva en el Poder Ejecutivo (Ministerio del Interior) las responsabilidades para “combatir a los enemigos internos”, que hoy no son funcionales, al desconocer que las manifestaciones de inseguridad tienen características locales. De esta manera, se conserva en las instituciones, como la Policía Nacional, estructuras aisladas de la comunidad y se atienden estos problemas con ópticas eminentemente policiales, sin reconocer la multicausalidad de los mismos y la necesidad de dar respuestas integrales, en las cuales se debe contar con la participación activa de las autoridades locales, de manera muy prioritaria de los Alcaldes, con quienes indiscutiblemente, se deberían compartir estas responsabilidades. Algo que en la práctica no sucede.
Paralelamente, vemos al Poder Ejecutivo empeñado en ingresar a una nueva “guerra fría” en su versión nacional, la “guerra fría de la seguridad ciudadana”, enfrentando a dos bandos, la Policía Nacional y las Autoridades Locales en lugar de coadyuvar a reconocer a la autoridad local como líder de la seguridad ciudadana, brindándole todo el asesoramiento y apoyo técnico que requieren para que asuman la conducción de las políticas y estrategias mas adecuadas al problema de la inseguridad local, conforme ya se encuentra legislado.
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En la Experiencia Trujillo, La forma como se inciò la aplicaciòn del Nuevo Còdigo Procesal Penal en La Libertad - PERU, fue realmente un atropello a la Policia Nacional y a sus integrantes, algo lamentable que debe ser objeto de una reflexiòn por parte de quienes tuvieron a su cargo desde los mas altos niveles el proceso de implementacion y capacitacion de los operadores del nuevo sistema. Esto debe ser corregido de manera inmediata y ojala no vuelva a repetirse en los lugares donde todavia falta implementar el NCPP.
Hace unos días, el Ministro del Interior Octavio Salazar Miranda acompañado por el Director de la Policía, realizó un evidente circuito político, utilizando como pretexto la seguridad ciudadana
Y como ya estaba anunciado, se promulgó la Ley Nº 29356 el 11 de mayo del año 2009 y publicada en El Peruano al día siguiente. Me refiero a la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, con características muy similares, a lo que comúnmente conocemos como “Ley del Embudo” y contraviniendo los principios de igualdad ante la ley, equidad y presunción de inocencia. El mandato único de esta nueva Ley puede resumirse en el refrán: "Lo ancho para otros, lo estrecho para uno”.
Los problemas comunes que enfrentan las organizaciones policiales en América del Sur, marcan su lento proceso de reforma y avance hacia políticas proactivas orientadas a satisfacer las demandas ciudadanas y consolidar su naturaleza civil. Un primer aspecto lo encontramos en la relación existente entre la Policía y el poder político, que en periodos largos de la historia de los países sudamericanos han tenido características no democráticas (Gobiernos Militares) y el Perú no ha sido ajeno a esas circunstancias.
Desde luego son posiciones personales nefastas y saben que son simples personajes que sobreviven desvertebrados y claudicantes al mandante que los colocó en la cima. Con tal incapacidad necesitan de una "corte" que los secunde, para justificar su permanencia en el cargo más allá de los valores vigentes y de las verdaderas necesidades de la organización policial, que espera algo de ellos pero que desatienden por completo
Y así vemos a los policías patrullando a pie o en vehículos aparentemente vigilantes pero realmente alejados del entorno que los rodea, sólo reaccionarán cuando de su central de radio o alguna persona les informa sobre el lugar donde se acaba de producir un delito.
Sin embargo, allí estaban presentes en el hemiciclo el Director General de la PNP y el Comando Policial, aceptando con su callada presencia los graves cargos y responsabilidades que la señora Ministra les imputaba y lo hacía conocer al Perú entero, generando obviamente indignación, desmoralización y “vergüenza ajena” en toda la Policía Nacional.
Hemos visto a estos altos mandos de la PNP en mea culpa tratando de demostrar desesperadamente que no hubo interferencia política de ninguna clase y que la decisión con respecto a la forma y modo en que se ejecutaron las operaciones en Bagua fueron hechas única y exclusivamente por el comando de la Policía Nacional.
