Se Elabora La Guia Sobre El Funcionamiento De La Comisión De La Propiedad Intelectual

Posteado: 15/01/2012 |Comentarios: 0 | Vistas: 16 |

El pasado 31 de diciembre, se publicó en el BOE, el Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual. En dicho texto se desarrollan los órganos, trámites y procedimientos de las 2 secciones que conforman la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI).

1.- Las dos secciones de la CPI.-

 En concreto las diferencias estriban en su ámbito de actuación:

Así, la Sección Primera, ejercerá las siguientes funciones:

-De Mediación, colaborando en las negociaciones en la gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual, y en materia de emisión de radiodifusión

-De Arbitraje: Da solución a conflictos entre las entidades de gestión, los titulares de derechos, las asociaciones de usuarios, las entidades de radiodifusión o distribución.

-De Arbitraje para fijar una cantidad sustitutoria de las tarifas generales.

Esto será así siempre que las partes se sometan voluntariamente, tanto en el caso de Mediación como de Arbitraje

Por otro lado, la Sección Segunda.

Fundamenta su creación y actuación en aquellos casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual, cuando una web actúe con ánimo de lucro, o haya causado o pueda causar daños patrimoniales. La CPI podrá adoptar medidas para la interrupción de esta infracción de derechos de derechos de autor (paralización o cierre de web), mediante la autorización judicial.

2.-Organo mixto: administrativo y judicial

La CPI es un órgano colegiado, de ámbito nacional, creado en el seno del Ministerio de Cultura. Pero no forma parte de la estructura orgánica del Ministerio de Cultura.

Se trata de un órgano de naturaleza mixta, administrativo y judicial, y requiere la intervención del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo para garantizar los derechos fundamentales de las partes.

El procedimiento establecido se dirige contra las web que: (i) vulneren los derechos de propiedad intelectual; (ii) actúen con ánimo de lucro; y (iii) causen daños económicos a los titulares del derecho de autor. Para ello la Sección Segunda podrá acordar la suspensión de la web o la retirada de los contenidos digitales que vulneren los derechos.

3.- Finalidad de las secciones de la CPI

Se ha desarrollado la Sección Primera para que sea un instrumento de resolución de conflictos extrajudicialmente. De este modo las pugnas sobre derechos de la propiedad intelectual quedarán fuera de los largos plazos judiciales. La única cuestión es que los interesados en conflicto deberán aceptar voluntariamente el sometimiento al proceso de Mediación o de Arbitraje.

En cuanto a la Sección Segunda, su principal objetivo es la protección de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por parte de las web. Para ello, se establece un procedimiento basado en la rapidez de actuación con el objeto evitar daños en los derechos vulnerados.

Con esta guía Diez & Romeo pretende facilitar la información de los nuevos cambios legales relativos a la cuestión de las infracciones de los derechos de autor online.

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    Con la nueva regulación se da eficacia a la Comisión de la Propiedad Intelectual con un nuevo marco normativo

    por: Diez Romeol Leyes> Propiedad Intelectuall 11/01/2012 lVistas: 18

    El derecho de autor se extiende, aunque con algunas particularidades y límites que se exponen en el presente trabajo final de graduación, a la obra informativa. El trabajo de los profesionales de la información son creaciones del espíritu, y por consiguiente, merecen la protección jurídica.

    por: Adriana Zamoral Leyes> Propiedad Intelectuall 01/12/2011 lVistas: 42

    Derechos que obtiene el titular de un registro marcario una vez que su marca es registrada ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual.

    por: Cevallos, Mora & Peñal Leyes> Propiedad Intelectuall 09/03/2011 lVistas: 240

    La sentencia de la sala Civil del Tribunal Supremo nº Sentencia 31/2010, de 04 de febrero de 2010 desestima la demanda de una mujer que reclamaba la mitad de un premio de lotería a quien fue su pareja de hecho. Solo sería el premio un bien ganacial a repartir entre los miembros de la pareja de hecho si hubieran constituido una comunidad de bienes en gananciales.

    por: abogael Leyes> Propiedad Intelectuall 25/11/2010 lVistas: 260

    Según una orden de 2008, se aplicará un canon digital a una serie de equipos enumerados en la misma. El canon tiene como fin una compensación para los autores.

    por: Amando Lacueval Leyes> Propiedad Intelectuall 07/06/2009 lVistas: 55
    Rinconlegal

    La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente como obras artísticas, invenciones relacionadas con la técnica, marcas, diseños industriale, etc.

    por: Rinconlegall Leyes> Propiedad Intelectuall 02/04/2009 lVistas: 346

    diariojuridico.com analiza junto a Diego Ramos, Socio y Responsable del Área de TMC en DLA Piper en España, la Ley de Propiedad intelectual Entrevista publicada en http://www.diariojuridico.com

    por: Diariojuridico.coml Leyes> Propiedad Intelectuall 10/04/2008 lVistas: 850

    La presunción de inocencia es una garantía que se le atraganta a las administraciones públicas que pretenden sancionar a radios FM y Televisiones. Desde hace varios años son sonados los casos en los que los tribunales anulan las sanciones impuestas a los medios de comunicación.

    por: Diez Romeol Leyesl 24/03/2012 lVistas: 38

    El pasado 12 de abril se publicaron las bases rectoras del concurso público para el otorgamiento de las 34 licencias de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Aqui se da una explicación somera y global de su contenido.

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    El Gobierno de Navarra ha convocado el concurso público para adjudicar las 44 licencias de radio en frecuencia modulada asignadas por el Plan Técnico Nacional a la Comunidad Foral (42 de nueva creación y 2 licencias que quedaron desiertas en el último concurso de 1998). Este concurso duplicará el actual número de licencias para emisoras comerciales de FM con las que cuenta Navarra, que asciende a 20.

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    Tras la constatación de la implantación del la Television Conectada se abren una serie de problemáticas legales sin que ningún estado de la Unión Europea haya regulada nada específico. Desde la fima se pretende abrir un panel tecnico para oportar soluciones jurídicas teniendo en cuenta los principios legales establecidos por la UE.

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    Para la gestión de una emisora se necesita la obtención de una licencia de comunicación radiofónica. La Ley 7/2010, General de Comunicación Audiovisual reglamenta las pautas generales de régimen aplicable a las licencias audiovisuales y el Decreto 231/2011, de 8 de noviembre, sobre la Comunicación Audiovisual hace lo propia para el País Vasco. Ahora se analiza la valoración de la innovación tecnológica en los proyetos de radio FM.

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    Con la nueva regulación se da eficacia a la Comisión de la Propiedad Intelectual con un nuevo marco normativo

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    Con la transformación de las concesiones a licencias audiovisuales entra en vigor, de forma efectiva, la Ley General de Comunicación Audiovisual, para el parque de radios FM y TDT en la Comunidad de Madrid

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