El Doctor Me Sometió A Una Intervención Médica Sin Informarme De La Misma, ¿podría Reclamar Por Ello?

Posteado: 01/03/2010 |Comentarios: 0 | Vistas: 166 |

Cualquier paciente (o sus progenitores o las personas que ostenten su tutela en el caso de los menores de edad) tiene Derecho a recibir una información detallada y adecuada sobre los tratamientos, intervenciones o procedimientos médicos a los que podría ser sometido en clínicas, centros hospitalarios, ambulatorios, consultas médicas u otros establecimientos similares.

Correlativamente, todo Facultativo médico está obligado a proporcionar a sus pacientes una valoración detallada sobre todos los tratamientos adecuados a sus dolencias, haciendo mención, entre otras cosas:

De su naturaleza, señalando en qué consisten exactamente y cómo se van a realizar.

De los riesgos que podrían entrañar, señalando en su caso las probabilidades de fallecimiento o de sufrir cualquier tipo de secuela de los mismos.

De las alternativas posibles a los mismos.

Todo ello tendría por objetivo que el paciente pudiera ser plenamente consciente de todas sus opciones a la hora de enfrentarse a aquellos, de forma que pudiera aceptar o rechazar someterse a los mismos con un conocimiento pleno sobre las repercusiones de su decisión.

Ello se denomina en términos médicos y jurídicos “Consentimiento Informado”, el cual deberá mediar siempre y en todo caso a la hora de indicar al paciente cualquier tipo de tratamiento.

¿Qué podría ocurrir si se sometiera a un paciente a una intervención o tratamiento sin contar con su “consentimiento informado”?

Existen ciertas situaciones de emergencia en las que no es posible consultar al paciente o a sus familiares sobre su opinión acerca de un determinado tratamiento o intervención.

Se entiende en estos casos que deberían primarse la vida o la salud e integridad física del paciente, prevaleciendo las mismas sobre su Libertad de actuación. En definitiva, los facultativos médicos tendrían a su disposición la posibilidad de realizar cuantas actuaciones estimaran oportunas para tratar de garantizar la salud del paciente, aún sin contar con su consentimiento en relación con los mismos.

Un claro ejemplo de este tipo de situaciones se da en los accidentes graves de tráfico. Muy frecuentemente, las víctimas de los mismos quedan en situación de inconsciencia y en grave riesgo, haciéndose imprescindible en muchos casos una intervención de urgencia para salvar su vida.

No obstante, en otras situaciones en las que no se da ese componente de urgencia se entiende que todas las personas, alcanzada la mayoría de edad, somos libres de aceptar o rechazar cualquier forma de cuidado médico.

Y se considera, según lo ya visto, que para poder prestar dicho consentimiento es preciso tener a disposición todos los datos y todas las opciones.

Cualquier tipo de daño o perjuicio que un determinado tratamiento realizado pudiera ocasionar en el paciente cuando éste no prestó su consentimiento al mismo, o bien si éste consintió sin que se le hubieran manifestado todas sus posibilidades, llevaría consigo la posibilidad de interponer una reclamación por Negligencia Médica.

Se trataría de una actuación muy grave, en la que el facultativo o el Centro médico donde la misma se realizó llevaría todas las de perder. Normalmente los Jueces son ciertamente reacios a reconocer la existencia de este tipo de actuaciones médicas. Pero en este caso la magnitud de la misma determinaría su consideración como Negligencia.

 

Jose Alberto Andrío Espina

www.aa-indemnizaciones.com

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