Protección Deudores Hipotecarios Sin Recursos

Posteado: 26/03/2012 |Comentarios: 0 | Vistas: 48 |

Se trata de un conjunto de normas conducentes a procurar la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padezcan extraordinarias dificultades para atender el pago de los préstamos y la flexibilización de los procedimientos de ejecución hipotecaria.

Las medidas previstas se aplicarán a los contratos de préstamo o crédito, garantizados con hipoteca inmobiliaria sobre su vivienda habitual, cuyo deudor se encuentre situado en el umbral de exclusión.-

Los casos en que un deudor se considera incluido dentro del umbral de exclusión son los siguientes:

a) Ninguno de los miembros de la unidad familiar, (entendiendo como tal las situaciones de matrimonio, parejas de hecho inscritas y los hijos que residan en la vivienda, sean cual sea la edad que tengan), tiene que tener rentas procedentes de trabajo o de actividad económica.-

b) La cuota del préstamo supere el 60% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.-

c) Que el conjunto de la unidad familiar carezca de otros bienes o derechos patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.-

d) Que se trate de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor y que se hubiese concedido para la adquisición de la misma.

e) Que se trate de un crédito o préstamo que carezca de otras garantías reales o personales o, en éste último caso que en todos los garantes concurran las circunstancias expresadas en las letras b) y c) anteriores.-

f) Si hay codeudores que no formen parte de la unidad familiar, deben cumplir las mismas condiciones de las letras a), b) y c).

Los intereses de demora aplicables desde que el deudor acredite estar inmerso en el umbral de exclusión, serán, como máximo, el tipo que estuviese vigente en el momento como tipo de intereses ordinarios más un diferencial de 2,5 puntos por ciento.-

Se incluye la regulación exenciones fiscales para las escrituras de novación modificativa de los préstamos, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas declarando exenta la posible ganancia patrimonial con motivo de la dación en pago de deudas, así como una bonificación del 50 % de los honorarios notariales y registrales en estos casos.

Se instaura un Código de Buenas Prácticas, que será de adhesión voluntaria para las entidades financieras, por el que se regulan las medidas que pueden ofrecer las entidades acreedoras a los deudores, tales como establecimiento de carencias de amortización, ampliación del plazo hasta 40 años, reducción del tipo de interés ordinario aplicable durante el periodo de carencia y el plan de reestructuración de la deuda, así como las quitas del principal de la deuda.-

Se establece también la posibilidad de sustituir el procedimiento de ejecución por ladación en pago de la vivienda habitual, mediante cuya entrega a la entidad acreedora quedaría cancelada la deuda.- El deudor que los solicite podrá seguir como arrendatario de la vivienda durante un plazo de dos años, pagando una renta anual del 3% del importe de la total deuda en el momento de la dación.

Notaria de Cuenca

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    Puede suceder que en algún momento de nuestra vida necesitemos asesoría legal o que nos ayuden a gestionar ciertos trámites burocráticos pesados. Recurrir a un despacho de abogados suele ser la solución más sencilla y cómoda.

    por: Pedro Fernándezl Leyesl 11/04/2013

    El Costa Concordia, un crucero de un subsidiario de la compañía Carnival, naufragó en enero de 2012 frente a la isla italiana de Giglio, en el Mar Mediterráneo, en este accidente murieron 25 personas y otras siete desaparecieron.

    por: Lic. Billarl Leyesl 08/04/2013

    En el presente articulo pretendo exponer los fundamentos de derecho por los que debería tramitarse este tipo de demandas por los cauces del JUICIO VERBAL, con el ahorro que ello supone en tasas, profesionales a contratar, costas....es un articulo para todo el mundo, pero sobre todo dirigido a ABOGADOS a los que les hayan inadmintido a tramite una demanda de este tipo por razón de la materia (art. 249.1.5º LEC)

    por: Roberto Vidanes, ABOGADOl Leyesl 27/03/2013 lVistas: 46

    Esto es característico de los casos de Derecho Marítimo, no todos los abogados conocen como lograr, eficientemente, que las victimas cobren su correspondiente indemnización, por lo que es necesario conseguir abogados especializados en Derecho Marítimo y con experiencia en casos de estas características.

    por: Lic. Billarl Leyesl 25/03/2013

    Contratar un seguro para cubrir impagos de un posible inquilino moroso nos puede evitar muchos problemas. Actualmente en el mundo de las aseguradoras se pueden encontrar diferentes garantías y coberturas muy a medida para prevenir toda clase de imprevistos. Además, también puedes buscar asesoramiento para la selección de tu nuevo inquilino.

    por: lmiral Leyesl 22/03/2013 lVistas: 11
    Enrique Gonzales

    Suponemos que usted vive en la parte sur de Madrid. En este caso la elección de un abogado puede ser una decisión difícil que supone una búsqueda local. Pero la parte más importante de su decisión es qué tipo de abogado será necesario para usted. Si va a la corte por un cargo de posesión, usted necesita un abogado de defensa criminal. Si usted va para un divorcio, naturalmente, usted quiere un abogado de divorcio.

    por: Enrique Gonzalesl Leyesl 20/03/2013

    DIFERENCIAS ENTRE EL DIVORCIO Y LA SEPARACIÓN DIVORCIO MUTUO ACUERDO DIVORCIO CONTENCIOSO PREGUNTAS FRECUENTES

    por: Carmen Cano Espinosal Leyesl 17/03/2013

    Desgraciadamente, los accidentes mortales en el trabajo suceden, y quizá más de lo que nos gustaría, pero siempre hay que informarse y tratar de conseguir una indemnización por accidente laboral.

    por: Mateo Rebollol Leyesl 07/03/2013 lVistas: 24
    Jose

    El fin del dinero sucio y la amnistia fiscal en españa. Procupantes reflexiones y consecuencias al tomar este tipo de medidas que favorecen a los defraudadores y penalizan a la gente que ha estado declarando sus ganancias

    por: Josel Leyesl 19/06/2012 lVistas: 27
    Jose

    El BOE del sábado 28 de abril publica el acuerdo del Consejo General del Notariado de fecha el 24 de marzo por el que se aprobó la creación del fichero de datos de carácter personal "Base de Datos de Titular Real"

    por: Josel Leyesl 08/05/2012 lVistas: 94
    Jose

    Real decreto-ley 12/2012 de 30 de marzo, por el que se introducen diversas mediadas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.- (boe de 31 de marzo de 2.012).

    por: Josel Leyesl 09/04/2012 lVistas: 453

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