La Valoración De Los Efectos Estéticos De Las Cicatrices A La Hora De Fijar Una Indemnización Por Responsabilidad Ajena

Posteado: 17/02/2010 |Comentarios: 0 | Vistas: 906 |

En una sociedad como la nuestra, cada vez más preocupada por el aspecto físico de la persona, los efectos de los accidentes sobre el aspecto y la apariencia de la persona cada vez se tienen en cuenta en mayor medida a la hora de considerar la reparación o indemnización por las lesiones sufridas.

En este sentido, se considera que cualquier persona que pudiera ocasionar daños de esta naturaleza a otra de forma dolosa, negligente o gravemente imprudente debería reparar económicamente aquellos.

Valoración de los mismos

La cuestión que se nos plantea es, ¿Cómo se llevaría a cabo la valoración de las cicatrices, quemaduras y otros efectos estéticos adversos en la persona? En primer lugar hay que señalar que cualquier lesión corporal es, por su propia naturaleza, incuantificable.

Cuando se produce la destrucción de un bien material, en la mayor parte de las ocasiones resulta muy sencillo determinar su valor intrínseco. Sin embargo, ¿Cómo se determinaría la indemnización que podría corresponder a una cicatriz en una mejilla?

Normalmente para llevar a cabo la valoración se emplearían métodos que consideraran el grado en que se ha producido una desfiguración en el sujeto. Así, un 100% correspondería al aspecto de una persona que no hubiera sufrido lesión alguna, y de ahí se iría deduciendo en función de la gravedad y la profundidad de la misma.

Por ejemplo, la citada cicatriz podría quedar mitigada a través de una intervención quirúrgica, y en todo caso se trataría de una lesión muy localizada. Le correspondería un porcentaje, pues, inferior al que se daría para otra persona a quien se hubiera derramado ácido en su rostro provocándole una terrible abrasión en buena parte del mismo.

En dicha valoración se considerarían tanto los daños personales como los efectos morales y emocionales de la lesión.

Los parámetros que se valorarán

Con la finalidad de otorgar cierta objetividad y precisión a la hora de cuantificar el daño ocasionado (que es, como ya hemos dicho, incuantificable por naturaleza) sería preciso valorar los siguientes parámetros o indicadores:

- Localización: El hecho de que la lesión, cicatriz, quemadura o estigma de cualquier tipo sea visible a primera vista tendrá gran influencia. El rostro, el cuello, y en la mujer la parte superior del tórax y las piernas se consideran siempre y en todo caso partes visibles.

- Morfología: Se valora el propio aspecto exterior de la lesión, y si se encuentra limitada a un cierto contorno o presenta, por el contrario, una imagen difusa y con un efecto estético adverso más evidente.

- Factores personales: Se tomaría en consideración la edad, el estado anterior o la profesión a la que se dedicara la víctima, teniendo en cuenta el posible impacto que su lesión podría provocar en su trabajo (por ejemplo, si desarrollada actividades de atención al público).

 

Jose Alberto Andrío Espina

www.aa-indemnizaciones.com

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