La Realización De Labores Y Trabajos En El Hogar Mientras Te Encuentras En Situación De Baja

Posteado: 23/03/2010 |Comentarios: 0 | Vistas: 140 |

La situación de baja laboral, denominada técnicamente como "incapacidad laboral de carácter temporal", consiste en aquél estado en el que, debido a una merma física o psicológica (derivada de un accidente o enfermedad, laboral o común) el trabajador no puede desarrollar de forma ordinaria (y de manera temporal) las labores contempladas en su puesto, debiendo por el contrario permanecer en una situación de reposo que le permita restablecerse de cara a su reincorporación al mismo en plenas facultades.

Es probable que en algún momento te hayas planteado preguntas como las siguientes: ¿Qué actividades podrían ser compatibles con la situación de baja laboral? ¿Podría hacer tareas del hogar mientras me encuentro convaleciente y cobrando una prestación por incapacidad temporal de la Seguridad Social?

Un criterio orientativo de considerable utilidad

La contestación a estas cuestiones pasa por plantearse de qué actividades estaríamos hablando y hasta qué punto resultarían éstas compatibles (o incompatibles) con el estado médico que te aqueja y te impide reincorporarte a tu empleo.

Actuar con sentido común será la mejor forma de evitar cualquier tipo de problema. Así, si hubieras sufrido la rotura de un brazo, realizar labores en tu jardín que implicaran algún tipo de esfuerzo con ese brazo convaleciente en tanto no te hayas reincorporado a tu puesto podría resultar fatal.

Por ejemplo, podrías sufrir algún tipo de lesión complementaria en ese brazo todavía débil y verte obligado a dar explicaciones a tu médico, a tu Empresa y a tu Seguro.

Por otro lado, si estuvieras llevando a cabo esos esfuerzos a la luz de todo, podría ocurrir que Investigadores que pudieran haber sido contratados por tu Aseguradora fueran testigos de esas labores inapropiadas. Sería entonces cuando podrías encontrarte en verdaderos problemas.

Y es que tu Empresa podría alegar, a través de los testimonios gráficos que pudieran haber recopilado esos Investigadores (grabaciones y fotografías); que con dichas actividades estarías actuando en fraude de la misma (y de la propia Seguridad Social), concurriendo entonces una causa de despido disciplinario por ese incumplimiento grave de tus obligaciones para con tu Empresario.

En esta misma línea los Tribunales vienen entendiendo que, si bien la situación de baja médica no tiene por qué impedir al trabajador que desarrolle una vida normal y realice actividades que sean compatibles con su condición y su tratamiento médico, no podría sin embargo llevar a cabo aquellas otras que pusieran en peligro su recuperación.

Y ello debido a que, ante todo, el trabajador en situación de incapacidad temporal debe hacer cuanto esté en su mano para facilitar su proceso de convalecencia y recuperación, no llevando en ningún caso a cabo actos que pudieran poner en peligro el mismo.

 

Jose Alberto Andrío

www.aa-indemnizaciones.com

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