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En la oscuridad del miedo... ¡Aviven la Esperanza!
De: Buensancho  | Publicado: 25-05-2007 | Comentarios: 0 | Vistas: 61 | Rating: (53) (?)
En noviembre de 1936, durante el gobierno del general Eleazar López Contreras, Alejandro Oropeza Castillo, líder sindical y político venezolano, promotor de la creación del Ministerio del Trabajo y de leyes que ampararan a los trabajadores, firmó en su condición de presidente del comité organizador una convocatoria dirigida a todos los sindicatos y gremios obreros del país invitándolos a reconocer la urgencia de la situación laboral venezolana de aquel entonces y a participar en el primer Congreso de Trabajadores Venezolanos pocos meses después de la huelga general de Junio de 1936 y que a la postre le valdría su reclusión en la cárcel de El Obispo en Caracas y su expulsión del país.
Esta convocatoria es considerada en Venezuela un documento histórico y por ello es conservada en los Archivos de la Academia Nacional de la Historia en su sede, el Palacio de las Academias, en Caracas.
Lo relevante el día de hoy de esta convocatoria es que su primer párrafo, en especial la última frase, pareciera haber sido escrito la semana pasada. Es un llamado a la unión, a la defensa de las condiciones del trabajo bajo la amenaza de destrucción por parte del gobierno de la época; un “...mandato ineludible de la propia realidad, no nos queda otro camino que atenderlo o perecer definitivamente.”
Hoy, a 71 años de aquella urgente convocatoria, la emergencia persiste y se reproducen las condiciones denunciadas: Está en estudio el “Proyecto de Ley Especial de los Consejos de Trabajadores y Trabajadoras” que espera su aprobación y ejecución por vía de los poderes especiales conferidos al Presidente de la República a través de la Ley Habilitante.
Este proyecto de ley es ni más ni menos que la sentencia de muerte del movimiento sindical venezolano y mas grave aun de la empresa como motor principal de la economía del país.
No vamos a entrar en extenuantes discusiones filosóficas, vamos a fijarnos con cuidado en el contenido del proyecto de ley y a visualizar sus consecuencias.
El Artículo 6 del proyecto de ley tiene mucha tela que cortar, por ejemplo, establece que “...son fines de los consejos de trabajadores la defensa de los derechos, reivindicaciones e intereses de los trabajadores y trabajadoras y el pueblo en general,...” y esa defensa de los derechos, reivindicaciones e intereses es función específica de los sindicatos o gremios, es decir que estos consejos van a sustituir a los sindicatos en sus funciones naturales cuestión que por mucho que se esfuerzan no consiguen refutar desde la tribuna oficial pues en toda lógica tendrán mayor influencia (al menos teóricamente pues en la práctica ya sabemos como será el asunto) estos consejos que cualquier otra representación gremial o sindical, incluyendo a la UNT unión sindical oficialista, especie de “alter ego” de la CTV creada durante la fiebre de duplicación de poderes e instancias de hace pocos años.
Además al agregar la coletilla “y el pueblo en general” se esta descontextualizando la lucha sindical y se la está extrayendo del ámbito laboral y colocándola bajo el amplísimo espectro de la sociedad entera por lo que cualquier acción de los trabajadores en busca de reivindicaciones, defensa o mejoras puede, bajo el engañoso contenido de este artículo, interpretarse como una agresión al “pueblo en general” y ser severamente reprimido al amparo de lo que las leyes disponen en materia de orden público o paz o bienestar del pueblo o como lo quieran llamar.
Más adelante en este mismo artículo se promueve “...la lucha frontal contra la especulación, el acaparamiento y el desabastecimiento de productos de primera necesidad, evitando la interrupción parcial o total del proceso de producción de bienes y servicios y en aquellos centros de trabajo considerados estratégicos para la economía nacional;...” , señores, la lucha contra la especulación, el acaparamiento y el desabastecimiento es una lucha de todos nosotros como ciudadanos y además existen leyes e instancias gubernamentales y no gubernamentales para canalizar legal y formalmente esta lucha; y esto no es nuevo, pero lo que si es nuevo es la supresión del derecho a huelga como vía de presión para la obtención de mejoras o como medio de lucha por reivindicaciones salariales o de condiciones de trabajo.
El impedir por la acción de estos consejos de trabajadores bajo el amparo de esta ley y desde el seno de las propias empresas (en especial las gubernamentales) todo tipo de paralización o interrupción del proceso de producción es desterrar en una frase el que probablemente sea el más efectivo (si no el único) medio de presión que tienen los trabajadores para lograr sus reivindicaciones y que ha sido históricamente, en todas partes del mundo, (salvo en los países comunistas que aun existen y que se inflan como globos en la “defensa de la clase obrera” pero que no permiten la existencia de sindicatos y mucho menos de huelgas), el medio por el que se han logrado los avances que en materia de protección legal, de condiciones laborales y mejoras salariales se ha alcanzado.
Este artículo termina “metiendo la bota en casa” cuando insta a los trabajadores que formalicen, a través de estos consejos, "... la incorporación activa en la Reserva Nacional, la Guardia Territorial y en el voluntariado para el servicio social.” vinculando así a la clase trabajadora con los organismos que tradicionalmente han servido para limitar su acción y para reprimir sus protestas con lo que termina de cerrarse el circulo y el candado poniendo a los hipotéticos lideres y representantes de la clase trabajadora bajo el mando de oficiales del ejercito y no de otros trabajadores... o al menos de civiles...
Pero no todo está diseñado, en este proyecto de ley, para atar de manos al movimiento sindical y por extensión a la clase obrera, el Artículo 8 atañe directamente a las empresas y es bueno leerlo con atención y comentar las consecuencias de su aplicación.
Las atribuciones de estos consejos de trabajadores, según este artículo, también son:”... promover y articular las diversas organizaciones de base de los trabajadores y trabajadoras en cada centro de trabajo, con el fin de incorporarlos en el control social, en la gestión del proceso de producción y distribución de los bienes y servicios.”. En pocas palabras, estos consejos de trabajadores van a tomar parte en la decisión del destino de las empresas y tendrán el poder de determinar y participar en la toma de decisiones que afecten el funcionamiento de las mismas al tener acceso garantizado por la ley a todas sus instancias administrativas.
Me refiero a la contabilidad, la nómina, los contratos con proveedores, las acciones judiciales, los bienes a producir y su cantidad, la fijación de su precio, las inversiones, el cierre o no de la empresa y el larguísimo etc. que enmarcaría mínimamente todas las acciones y funciones cotidianas de cualquier empresa. En pocas palabras los consejos de trabajadores, bajo el amparo de este artículo de la ley sencillamente tomarán el control directo de las empresas decidiendo su destino y funcionamiento, sin mencionar, claro está, que estarán en posesión de información sensible y confidencial que sin duda será canalizada al gobierno quien podrá utilizarla según mas le convenga en el momento o bajo las circunstancias que mas le convengan.
El fin de los sindicatos y el fin de la libre empresa escondido en la deslumbrante promesa, por demás falsa, de la “socialización” de la economía, cuando en la realidad se trata de corporativismo puro y cualquiera que tenga una mínima noción de historia económica sabe las terribles consecuencias del corporativismo en la Rusia estalinista y si acaso se requiere una referencia mas cercana están los ejemplos de China y de los “felices” obreros cubanos cuyas necesidades son determinadas por el “hermano” Fidel.
Como si esto fuera poco, hay otro proyecto de ley en la lista de espera y también de carácter especial, es decir, que será aprobada por la vía de la Habilitante, que plantea la “creación del Instituto de Formación Escuela “Daniel de León”, organismo adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, que tendrá como elemento fundamental las cuatro horas semanales de formación dentro de la jornada laboral”... pero ¿qué es esto de las cuatro horas semanales de formación?
Se trata, sencillamente, del objeto de una tercera ley especial que completará el trágico cuadro que para el futuro se le presenta a las empresas y trabajadores venezolanos y que contempla lisa y llanamente que las empresas estarán en la obligación de conceder cuatro horas semanales a sus empleados y trabajadores para que estos las destinen, en la escuela que la anterior ley crea o a través de facilitadores acreditados por ella, al estudio y formación socialista... esto me recuerda a las sesiones de estudio y discusión (además de las autocríticas) a las que estaban obligados todos los trabajadores, funcionarios y estudiantes chinos durante la era de Mao... a esto sumen las declaraciones dadas por el Presidente con ocasión de la celebración del primero de mayo de su intención de reducir la jornada laboral a seis horas diarias y empiecen a sacar cuentas sobre lo productivas que serán en un futuro muy, muy cercano las empresas venezolanas y el futuro que nos espera como economía y principalmente como país, dentro de un mundo globalizado.
Lo que se avecina con la aprobación de estas leyes es un efecto dominó, se avecinan cierres de empresas, se avecinan perdidas de empleos, se avecina la desaparición de la inversión productiva tanto nacional como extranjera, se avecina la absoluta indefensión de la clase obrera y de cualquier trabajador independientemente de su nivel en un organigrama, se avecina el final de la faena... la puntilla para nuestra economía... pero no podemos permitirnos tener miedo.
La gran fuerza universal que se opone al miedo es la esperanza, no el valor. El miedo destruye, nunca jamás algo duradero será construido sobre la base del miedo pues está en su naturaleza el confinar el pensamiento creativo, la solidaridad y el amor en los mas profundos rincones del alma y sólo la esperanza es capaz de iluminar y finalmente liberar nuestros corazones y nuestros espíritus de las prisiones del miedo, solo la esperanza nos anima a extender nuestras manos y enlazarnos firmemente como sociedad con la fuerza suficiente para avanzar y extender la luz de la esperanza a los que aun se debaten en la oscuridad del miedo con que pretenden cubrirnos; no tengan miedo, ¡aviven la esperanza!...
Puntaje:
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Fuente: Artículos Gratuitos Online de Articuloz.com
Acerca del autor:http://buensancho.blogspot.com
Diseñador Gráfico, casi Economista y Panadero, 41 años sin privarme de ninguna experiencia y con mucho que contar...
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