El Perito Caligrafo Y La Correcta Presentación De Su Informe

Posteado: 16/09/2010 |Comentarios: 1 | Vistas: 617 |

El perito calígrafo designado en un expediente para realizar una peritación caligráfica -Perito de Oficio- debe realizar su tarea de acuerdo a lo pedido por el Juzgado en el auto de resolución que lo designa, y resolviendo los puntos de pericia que las partes han solicitado oportunamente. Habiendo aceptado el cargo y recabado los elementos necesarios para llevar a cabo la compulsa entre Cuestionados y material base de cotejo, el experto estará en condiciones de presentar su informe en el tiempo establecido por el juzgado.

Ahora bien, ¿Como deberá ser presentado ese informe? En primer lugar debe poseer una estructura determinada, esto es, un encabezamiento - en el cual constaran los datos del expediente de marras y del experto-; El objeto de la peritación, que no es más que los puntos de pericia solicitados por las partes; El material Indubitado, que puede obtenerse por medio de un cuerpo de escritura o por medio de oficios a las dependencias en las que se encuentren estos elementos necesarios para realizar el cotejo; El elemento cuestionado, donde se individualiza el objeto de la peritación; Los estudios Físicos y Lumínicos  realizados  sobre el documento a peritar; Las diligencias practicadas en caso de llevarse a cabo; y el estudio-Analítico Comparativo que conforma el grueso del informe. Finalmente se encontraran las Conclusiones. Como se estableció antes, este informe se presentará en los tiempos determinados por el Juzgado -salvo que medie la necesidad del experto de solicitar una prórroga- y con copias suficientes -como partes existan en el litigio judicial- para su traslado. Si fuera necesario para ilustrar a su señoría y a las partes, el perito podrá adjuntar un Anexo Ilustrativo con ampliaciones de las grafías peritadas, no siendo obligatorio este anexo.

Tan importante como realizar una correcta presentación - procesalmente hablando- es que el Informe sea conciso - no exceda los puntos de peritación - y correctamente elaborado, es decir, que las conclusiones se encuentren avaladas en fundamentos explicados en la parte principal de la peritación y que los mismos nunca contrarien las conclusiones vertidas. De suceder tal anomalía, el Informe será pasible de Impugnación. Si el experto, fruto de los estudios exhaustivos realizados encontrara alguna característica fundamental para la resolución de la cuestión, deberá informarlo fuera del estudio Analítico Comparativo, dentro de los análisis técnicos realizados -Estudios Físicos y Lumínicos-

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    Jose

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    por: Diez Romeol Leyesl 24/03/2012 lVistas: 38

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    kennysbeth perez 01/03/2011
    hola soy estudiante de asuntos publicos ciencias forenses
    y necesito un ejemplo de un informe pericial real
    les agradecere me puedan a yudar
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