Derecho Bursatil

Posteado: 29/04/2008 |Comentarios: 4 | Vistas: 384,327 |

SUMARIO:

1. Parte del derecho empresarial.- 2. Parte del derecho corporativo.- 3. Definición.- 4. Ubicación.- 5. Seres inmortales.- 6. Mercado de capitales.- 7. Mercado de valores.- 8. Bolsa de valores.- 9. Sociedad agente de bolsa.- 10. Registros administrativos.- 11. Rueda de bolsa.- 12. Conasev.- 13. Importancia del mercado de valores.- 14. Acciones.- 15. Registro público de mercado de valores.- 16. Constitución por oferta a tercero.- 17. Contrato de emisión.- 18. Conclusiones.- 19. Sugerencias.-

1. PARTE DEL DERECHO EMPRESARIAL
Se hace necesario precisar que el derecho bursátil es parte del derecho empresarial, porque para los empresarios resulta importante esta rama del derecho privado.

2. PARTE DEL DERECHO CORPORATIVO
Resulta apropiado dejar claramente establecido que el derecho bursátil forma parte del derecho corporativo, porque para los abogados corporativos es imprescindible conocer esta rama del derecho privado, por lo cual si no conocen la misma no pueden aspirar a ser tales, en tal sentido podemos afirmar que esta rama del derecho es una de las que caracteriza al derecho corporativo o distingue a la misma respecto al derecho empresarial no corporativo..

3. DEFINICIÓN
El derecho bursátil es la rama del derecho privado, derecho comercial, derecho empresarial y derecho corporativo que regula y estudia la bolsa de valores, el mercado financiero y las bolsas de valores. Adquiriendo especial importancia tambièn el estudio de la conasev y de algunos registros administrativos. Tambièn estudia y regula las ofertas pùblicas de adquisición, los seres inmortales, la sociedad agente de bolsa, las acciones, constitución por oferta a terceros, reporto, corretaje de valores, clases de mercado, función de mercado de valores, finalidad, información, ofertas públicas de valores, ofertas pҋblicas de adquisición, clases de valores, mecanismos centralizados de negociación, agentes de intermediación., operaciones del mercado de valores, instituciones de compensación y liquidación de valores, fondos mutuos y sus sociedades administradoras, empresas clasificadoras, Titulización, de la solución de conflictos, sanciones, fondos de inversión y sus sociedades administradoras. Antecedentes, bolsa de productos, jurisprudencia y clases de constitución. Es decir, es una rama del derecho bastante amplia, pero poco conocida por parte de los abogados.

4. UBICACIÓN
El derecho bursátil se ubica en el derecho privado, derecho comercial, derecho empresarial y derecho corporativo.

5. SERES INMORTALES
Se denominan seres inmortales a las sociedades anònimas abiertas que pasan de generaciòn en generaciòn sin que se mezcle la administración con la propiedad de la empresa. Es decir, constituyen el prototipo de empresa que puede contribuir al desarrollo de un estado.

6. MERCADO DE CAPITALES
En el mercado de valores es donde se puede apreciar con mayor claridad la separación de la administración de la sociedad anónima con relación a los propietarios de la misma. Dejando constancia que sólo las acciones de las sociedades anónimas pueden ser cotizadas en rueda de bolsa, en tal sentido no pueden ser cotizadas en bolsa las participaciones de las sociedades comerciales de responsabilidad limitada.

7. MERCADO DE VALORES
El mercado de valores es un mercado donde se negocian valors, es decir, acciones y bonos.

8. BOLSA DE VALORES.
La bolsa de valores permite la concentración de grandes capitales en los cuales se separa la administración de la sociedad anónima con respecto de los propietarios de la misma. El artículo 130 de la ley de mercado de valores establece que las bolsas de valores son personas jurídicas de especiales características que pueden adoptar la estructura legal de las asociaciones civiles o de las sociedades anónimas. Tienen por finalidad facilitar la negociación de valores inscritos, proveyendo los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la intermediación de manera justa, competitiva, ordenada, continua y transparente de valores de oferta pública, instrumentos derivados de instrumentos que no sean objeto de emisión masiva que se negocien en mecanismos centralizados de negociación distintos a la rueda de bolsa que operen bajo la conducción de la bolsa.

9. SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA
El artículo 185 de la misma ley establece que sociedad agente de bolsa es la sociedad anónima que debidamente autorizada, se dedica fundamentalmente a realizar la intermediación de valores en uno o más mecanismos centralizados que operen en las bolsas.


10. REGISTROS ADMINISTRATIVOS.
El artículo 15 de la misma norma establece que el Registro Público del Mercado de Valores consta de las siguientes secciones, sin perjuicio de las adicionales que establezca CONASEV, de acuerdo a los requerimientos de mercado:

a) De valores mobiliarios y programas de emisión.
b) De agentes de intermediación en el mercado de valores.
c) De fondos mutuos.
d) De fondos de inversión.
e) De sociedades de propósito especial.
f) De sociedades administradoras de fondos de inversión.
g) De sociedades administradoras de fondos mutuos.
h) De sociedades titulizadoras.
i) De empresas clasificadoras de riesgo.
j) De sociedades anónimas abiertas.
k) De instituciones de compensación y liquidación de valores.
l) De las bolsas y otras entidades responsables de la conducción de mecanismos centralizados de negociación.
m) De árbitros.

11. RUEDA DE BOLSA.
El artículo 117 de la misma ley establece que rueda de bolsa es el mecanismo centralizado en el que las sociedades agentes de bolsa, de conformidad con lo establecido en los respectivos reglamentos internos de la bolsa, realizan transacciones con valores inscritos en el Registro, cuando corresponda e instrumentos derivados que CONASEV previamente autorice.

12. CONASEV
Para Raúl Chanamé Orbe la Conasev (COMISIóN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES) es el organismo público descentralizado del sector economía y finanzas cuya finalidad es promover el mercado de valores y velar por el adecuado manejo de las empresas. Precisa que tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa y económica .

13. IMPORTANCIA DEL MERCADO DE VALORES
El mercado de valores tiene mucha importancia, porque permite otorgar liquidez o financiamiento a las empresas y esto ocasiona o facilita el desarrollo de un estado porque las mismas aumentan de tamaño y en consecuencia mejora el mercado, que es donde se unen la oferta y la demanda, pudiendo ser las mismas nacionales, extranjeras o internacionales.

14. ACCIONES
Dejando constancia que el valor de las acciones varía de acuerdo al criterio que se tome en cuenta para valorar a la acción, por ejemplo un criterio para valorar a la acción es el precio de bolsa, es decir, el precio de la rueda de bolsa, el precio en el cual se compra y se vende la acción en un determinado día. Es decir, una misma acción puede tener varios valores de acuerdo a los diferentes criterios que se tomen para valorar la acción. Quien compra una acción en rueda de bolsa no sólo busca adquirir dinero vía reparto de utilidades, sino también busca que la acción o acciones adquiridas se valoricen, es decir, que aumenten de valor. En el mercado de valores también es de vital importancia la oferta y la demanda para fijar el valor de las acciones. Quien adquiere acciones en la bolsa de valores generalmente no persigue obtener el control de la empresa, sino que generalmente acuden a la bolsa de valores los accionistas denominados rentistas que lo que persiguen es tener una utilidad, es decir, lo que persiguen son las utilidades y las valorizaciones que puedan tener las acciones adquiridas. Es decir, quien adquiere acciones en bolsa de valores generalmente no busca tener el control de la empresa, en tal sentido, quien adquiere acciones en bolsa de valores generalmente no persigue administrar la sociedad anónima, cuyas acciones corren inscritas en la bolsa de valores. Sin embargo, es necesario dejar constancia que no es lo mismo adquirir las acciones de una sociedad anónima que adquirir la empresa, tema al cual denominamos como compra venta de empresas, ya que la compra venta de empresas implica adquirir las patentes, las marcas y los nombres comerciales, es decir, en el mismo sentido no es lo mismo adquirir los bienes de la empresa que adquirir la empresa. Es decir, una persona puede adquirir todos los bienes de la empresa, pero esto no implica la adquisición de la empresa. A la compra venta de empresas nos referimos con mayor detalle en las páginas siguientes del presente trabajo de investigación. Sin embargo, por ahora podemos afirmar que la compra venta de empresas no se encuentra regulada en el derecho positivo peruano, sino tan sólo en el derecho tributario. Las acciones en bolsa se clasifican en acciones de inversión y acciones de capital. Las acciones de inversión también se conocen como acciones laborales y las acciones de capital también se conocen como acciones comunes. Las acciones comunes de algunas sociedades anónimas se clasifican en acciones de tipo A y acciones de tipo B. Las acciones comunes de tipo A dan el derecho de voto y las acciones comunes de tipo B no dan derecho al voto pero tienen el beneficio de pago adicional en las utilidades. Por ejemplo tienen sus acciones divididas en aciones de tipo A y acciones de tipo B las empresas Backus, Volcan y Milpo.

15. REGISTRO PUBLICO DE MERCADO DE VALORES
En el derecho bursátil es de especial importancia el estudio del Registro Público de Mercado de Valores. El D.S. 093-2002-EF publicado el 15 de junio del 2002 aprobó el Texto Unico Ordenado de la Ley del Mercado de Valores. El artículo13 de dicha norma establece que el Registro Público del Mercado de Valores es aquel en el cual se inscriben los valores, los programas de emisión de valores, los fondos mutuos, fondos de inversión y los participantes del mercado de valores que señalan la misma ley y los respectivos reglamentos con la finalidad de poner a disposición del público la información necesaria para la toma de decisiones de los inversionistas y lograr la transparencia en el mercado. Las personas jurídicas inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores y el emisor de valores inscritos están obligados a presentar la información que dicha ley y otras disposiciones de carácter general establezcan, siendo responsables por la veracidad de dicha información. La CONASEV lleva el Registro y determina su organización y funcionamiento sobre la base de los principios de libre acceso a la información y de simplificación administrativa.

16. CONSTITUCION POR OFERTA A TERCERAS
La Sociedad Anónima es la única sociedad que puede constituirse por oferta a terceros. En tal sentido las sociedades civiles, las sociedades en comandita, las sociedades colectivas y las sociedades comerciales de responsabilidad limitada sólo pueden constituirse simultáneamente y no en forma sucesiva.

17. CONTRATO DE EMISION
Del derecho bursátil también es importante hacer referencia al contrato de emisión, el cual es regulado por la ley del mercado de valores. Al cual también hacemos referencia al momento de estudiar el derecho contractual.

18. CONCLUSIONES
Luego de haber desarrollado el derecho bursátil, formulamos conclusiones en los siguientes tèrminos:

1) El registro pùblico de mercado de valores no se encuentra adecuadamente regulado, por no haberse masificado, en consecuencia es claro que con nuevo marco normativo se pretende que el mercado de valores se incremente para que junto con otros mecanismos como la titulizaciòn de activos se consiga bajar la tasa de interès en el estado peruano, para de esta forma reactivar la economía.

2) En el mercado de valores no sólo puede negociarse acciones, sino también bonos los cuales son adquiridos por los obligacionistas, los cuales lo que hacen es comprar deuda de la sociedad, es decir, se convierten en acreedores de la sociedad, por lo cual se reunen en sindicatos de obligacionistas y son representados por los representantes de los obligacionistas.

3) El mercado de valores, ofrece dos mercados para invertir que son el mercado de acciones y mercado de deuda, en el primer supuesto se convierte el que compra las acciones en propietario o copropietario de la sociedad, mientras que en el segundo el que compra se convierte en acreedores de la sociedad, por lo cual es claro que al momento de elegir cual comprar es bueno tener en cuenta la eficiencia económica de la opción elegida.

4) El mercado de capitales compite con el mercado de las entidades financieras, por lo cual es claro que es necesario comprender este tema, para tomar o adoptar la mejor elección en el mercado y de esta manera no creer que sólo existe el segundo, el cual por cierto es mas conocido que el mercado de capitales.

5) En la actualidad la bolsa de valores se encuentra en malos momentos, por lo cual algunos son del criterio que es mal momento para invertir en la misma, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

19. SUGERENCIAS
Habiendo desarrollado el derecho bursátil, y habiendo formulado conclusiones presentamos sugerencias en los siguientes tèrminos:

1) Debe introducirse en el derecho peruano una adecuada regulación para el registro pùblico de mercado de valores.

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    derecho bursatil

    El derecho empresarial comparado consiste en aplicar el mètodo comparativo, recepciones, comparaciones y transplantes al derecho empresarial, por lo cual es claro que es una rama del derecho comparado bastante amplia ya que el derecho empresarial es bastante amplia.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 07/05/2008 lVistas: 379

    Dentro del derecho empresarial, el derecho mercantil es bastante importante, por lo cual en el presente estudiaremos la enseñaza de esta rama del derecho privado.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 07/05/2008 lVistas: 4,400

    El derecho comparado no sólo consiste en hacer comparaciones, sino que éstas últimas son sólo una parte del mismo

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 04/05/2008 lVistas: 3,465

    Ante el crecimiento de las inversiones, de la economía, los adelantos de la ciencia y el desarrollo del derecho, nace una nueva especialidad del derecho a la cual se le denomina derecho empresarial

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 23/04/2008 lVistas: 1,211

    El derecho comparado debe ser estudiado por los juristas y estudiantes de derecho, por lo cual en el presente estudiaremos el mismo, para estar a la altura de los ùltimos adelantos del derecho mundial

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 26/04/2008 lVistas: 10,934

    En esta sede conviene estudiar los antecedentes del derecho corporativo, por lo cual podemos afirmar que el principal antecedente del mismo es el derecho de la empresa o derecho empresarial o derecho de los negocios

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 26/04/2008 lVistas: 11,123

    El derecho de la empresa es lo mismo que el derecho de los negocios y que el derecho empresarial. Lo cual no ha sido tratado por parte de los tratadistas.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 23/04/2008 lVistas: 2,539 lComentarios: 1

    EL PRESENTE CONSTITUYE PARTE IMPORTANTE DE UN TRATADO DE DERECHO EMPRESARIAL, SIENDO ESTA ULTIMA UNA RAMA IMPORTANTE EN EL ESTUDIO DEL DERECHO, LA CUAL ABARCA DENTRO DE SUS RAMAS A VARIAS RAMAS DEL DERECHO, DENTRO DE LAS CUALES PODEMOS CITAR AL DERECHO CORPORATIVO, ES DECIR, ESTA ULTIMA ES UNA RAMA DEL DERECHO EMPRESARIAL. ES DECIR, EL DERECHO EMPRESARIAL TIENE MAYOR CAMPO DE APLICACION. EN TAL SENTIDO EL DERECHO CORPORATIVO ES MAS ESPECIFICA QUE EL DERECHO CORPORATIVO,-

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 07/09/2009 lVistas: 2,217 lComentarios: 1

    Muchos autores denominan al derecho mercantil como derecho comercial, lo cual es incorrecto, por lo cual es necesario dejar constancia que debemos preferir la primera denominación a fin de tener conocimientos mas confiables y de acuerdo a la doctrina imperante.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 23/04/2008 lVistas: 62,179 lComentarios: 6

    Puede suceder que en algún momento de nuestra vida necesitemos asesoría legal o que nos ayuden a gestionar ciertos trámites burocráticos pesados. Recurrir a un despacho de abogados suele ser la solución más sencilla y cómoda.

    por: Pedro Fernándezl Leyesl 11/04/2013

    El Costa Concordia, un crucero de un subsidiario de la compañía Carnival, naufragó en enero de 2012 frente a la isla italiana de Giglio, en el Mar Mediterráneo, en este accidente murieron 25 personas y otras siete desaparecieron.

    por: Lic. Billarl Leyesl 08/04/2013

    En el presente articulo pretendo exponer los fundamentos de derecho por los que debería tramitarse este tipo de demandas por los cauces del JUICIO VERBAL, con el ahorro que ello supone en tasas, profesionales a contratar, costas....es un articulo para todo el mundo, pero sobre todo dirigido a ABOGADOS a los que les hayan inadmintido a tramite una demanda de este tipo por razón de la materia (art. 249.1.5º LEC)

    por: Roberto Vidanes, ABOGADOl Leyesl 27/03/2013 lVistas: 49

    Esto es característico de los casos de Derecho Marítimo, no todos los abogados conocen como lograr, eficientemente, que las victimas cobren su correspondiente indemnización, por lo que es necesario conseguir abogados especializados en Derecho Marítimo y con experiencia en casos de estas características.

    por: Lic. Billarl Leyesl 25/03/2013

    Contratar un seguro para cubrir impagos de un posible inquilino moroso nos puede evitar muchos problemas. Actualmente en el mundo de las aseguradoras se pueden encontrar diferentes garantías y coberturas muy a medida para prevenir toda clase de imprevistos. Además, también puedes buscar asesoramiento para la selección de tu nuevo inquilino.

    por: lmiral Leyesl 22/03/2013 lVistas: 11
    Enrique Gonzales

    Suponemos que usted vive en la parte sur de Madrid. En este caso la elección de un abogado puede ser una decisión difícil que supone una búsqueda local. Pero la parte más importante de su decisión es qué tipo de abogado será necesario para usted. Si va a la corte por un cargo de posesión, usted necesita un abogado de defensa criminal. Si usted va para un divorcio, naturalmente, usted quiere un abogado de divorcio.

    por: Enrique Gonzalesl Leyesl 20/03/2013

    DIFERENCIAS ENTRE EL DIVORCIO Y LA SEPARACIÓN DIVORCIO MUTUO ACUERDO DIVORCIO CONTENCIOSO PREGUNTAS FRECUENTES

    por: Carmen Cano Espinosal Leyesl 17/03/2013

    Desgraciadamente, los accidentes mortales en el trabajo suceden, y quizá más de lo que nos gustaría, pero siempre hay que informarse y tratar de conseguir una indemnización por accidente laboral.

    por: Mateo Rebollol Leyesl 07/03/2013 lVistas: 25

    EL DERECHO NOTARIAL RESULTA SER UNA RAMA DEL DERECHO PUBLICO BASTANTE IMPORTANTE PARA EL CRECIMIENTO DEL MERCADO.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 14/05/2010 lVistas: 986

    EL PRESENTE TRABAJO CONTIENE LOS ASPECTOS MAS RESALTANTES DENTRO DEL DERECHO COMPARADO, LO QUE PERMITE CONOCER DE MANERA PANORAMICA ESTA IMPORTANTE DISCIPLINA JURIDICA, LA CUAL NO ES UNA RAMA DEL DERECHO.-

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 20/01/2010 lVistas: 512

    LA RESPONSABILIDAD DEBE SER MATERIA DE ESTUDIO EN TODAS LAS DISCIPLINAS JURIDICAS Y LO MISMO OCURRE EN EL CASO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, ES DECIR, SE TRATA DE TEMAS QUE DEBEN SER ESTUDIADOS POR PARTE DE TODOS LOS ABOGADOS Y ESTUDIANTES DE DERECHO

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 21/12/2009 lVistas: 898 lComentarios: 1

    LOS DIPLOMADOS EN DERECHO SON MUY IMPORTANTES PARA APRENDER DERECHO, Y REQUIEREN LA DEDICACION AL ESTUDIO DEL INDICADO, POR LO CUAL, ESPERAMOS QUE TODOS PUEDAN SEGUIR ESTOS ESTUDIOS, PORQUE DE ESTA MANERA SE PODRA DIFUNDIR EL CONOCIMIENTO HACIA MAYOR NUMERO DE PERSONAS

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 30/11/2009 lVistas: 1,924

    EL PRESENTE TRABAJO CONSTITUYE UN APORTE IMPORTANTE EN EL ESTUDIO DEL DERECHO EMPRESARIAL, POR LO TANTO, RECOMENDAMOS SU ESTUDIO A EFECTO DE QUE TODOS TENGAN ACCESO A UN TRABAJO DE INVESTIGACION CON EL CUAL PUEDEN TENER UNA IDEA PREVIA AL ESTUDIO DEL DERECHO EMPRESARIAL

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 07/09/2009 lVistas: 1,765

    EL PRESENTE CONSTITUYE PARTE IMPORTANTE DE UN TRATADO DE DERECHO EMPRESARIAL, SIENDO ESTA ULTIMA UNA RAMA IMPORTANTE EN EL ESTUDIO DEL DERECHO, LA CUAL ABARCA DENTRO DE SUS RAMAS A VARIAS RAMAS DEL DERECHO, DENTRO DE LAS CUALES PODEMOS CITAR AL DERECHO CORPORATIVO, ES DECIR, ESTA ULTIMA ES UNA RAMA DEL DERECHO EMPRESARIAL. ES DECIR, EL DERECHO EMPRESARIAL TIENE MAYOR CAMPO DE APLICACION. EN TAL SENTIDO EL DERECHO CORPORATIVO ES MAS ESPECIFICA QUE EL DERECHO CORPORATIVO,-

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 07/09/2009 lVistas: 2,217 lComentarios: 1

    El diccionario materia de la presente es un breve trabajo, el cual venimos realizando desde hace algunos años, por lo tanto, esperamos que sea del agrado de todos.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 22/05/2009 lVistas: 5,267 lComentarios: 1

    LAS GARANTIAS ES UN TEMA IMPORTANTE NO SOLO EN EL DERECHO CIVIL, SINO QUE SE UBICA O ABARCA A OTRAS RAMAS O DISCIPLINAS JURIDICAS, LO QUE DEBE SER MATERIA DE ESTUDIO POR PARTE DE TODOS LAS PERSONAS QUE TENGAN QUE VER CON ESTE TEMA.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 29/04/2009 lVistas: 725

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    Comments on this article

    1
    Johnny Guerra 21/10/2009
    Para precisar mi anterior comentario, en Mercado Secundario engloba la Bolsa a cual corresponde el TEMA. Sin embargo No sólo deberiamos enfocarnos en lo que es la Bolsa llamandolo "Derecho Bursatil", sino ampliar el tema dado que el Mercado Primario es la base para llegar a desarrollar el Mercado Secundario. Debería de llamarse a mi parecer "Derecho de Mercado de Valores" el cual englobaría todo.
    1
    Johnny Guerra 21/10/2009
    Muy Interesante los describo salvo por algunas precisiones que se tendría que efectuar como por ejemplo que los dos tipos de mercados son el mercado primario y el mercado secuandario, lo otro es que se no solo estan las acciones y bonos (instrumentos de deuda de largo plazo) sino tambien los papeles comerciales (instrumentos de deuda de corto plazo)la cual se emiten en el mercado primario cuando una empresa requiere financiamiento a través de la Oferta Pública Primaria. Pero pero en general resulta muy informativo dado que muchos abogados no saben casi nada sobre el Mercado de Valores. Yo estoy casi a egresar de la UIGV(derecho) y espero especializarme en estos temas. Saludos y Gracias al autor.
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    fabry 22/05/2009
    Es para mi un articulo reformativo. aparte que me interesaria saber mas de este rubro espero se me ayegen personas afines con este deceo de conocer mas de la rama en cuestion o enn general el aprender no empobrece.
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    Antonieta Miranda 14/05/2009
    Bastante completa y sencilla a la vez el desarrollo que hace de la introducción y conceptos de este tema. El cual resulta de mi interes.
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