Cuestiones Básicas Sobre Contratación Electrónica

Posteado: 14/12/2010 |Comentarios: 0 | Vistas: 255 |
• ¿Se pueden realizar contratos on-line con plena validez y eficacia entre las partes contratantes? Si, los contratos realizados vía electrónica despliegan todos sus efectos siempre que concurra el consentimiento de los contratantes y los demás requisitos legales para la validez de cualquier otro contrato (esto es: el ya mencionado consentimiento, objeto cierto que sea materia del contrato y causa).

• ¿Qué Normas rigen los contratos electrónicos? Las Normas que rigen estos contratos las hallamos en los artículos 23 a 29 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico; en el Código Civil y el Código de Comercio y en las restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios y de ordenación de la actividad comercial.

• ¿Cómo se puede probar la existencia de un contrato on-line y las obligaciones pactadas? Podemos emplear todos los medios de prueba legales (documentos, testigos, peritos..etc), en todo caso, el soporte electrónico en que conste un contrato celebrado por vía electrónica será admisible en juicio como prueba documental. Los contratantes, en estos casos pueden pactar que un tercero "de confianza" archive los contratos electrónicos y que consigne la fecha y la hora en que dichas comunicaciones han tenido lugar. Además, hay que tener en cuenta que cuando los contratos estén firmados electrónicamente se estará a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, de forma tal que la firma electrónica reconocida tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel.

• ¿Debemos confirmar al contratante la realización del contrato?, ¿cómo y cuando? Si, el oferente está obligado a confirmar la recepción de la aceptación al que la hizo por alguno de los siguientes medios: 1.-El envío de un acuse de recibo por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente a la dirección que el aceptante haya señalado, en el plazo de las veinticuatro horas siguientes a la recepción de la aceptación, o 2.-La confirmación, por un medio equivalente al utilizado en el procedimiento de contratación, de la aceptación recibida, tan pronto como el aceptante haya completado dicho procedimiento, siempre que la confirmación pueda ser archivada por su destinatario.

• En los contratos on-line ¿En que lugar se entiende celebrado el contrato? En los que intervenga como parte un consumidor se entenderán celebrados en el lugar en que éste tenga su residencia habitual. En cambio, los contratos electrónicos entre empresarios o profesionales, (en defecto de pacto entre las partes), se presumirán celebrados en el lugar en que esté establecido el prestador de servicios.

Verónica Alvargonzález González-Abogado v.alvargonzalezabogados@gmail.com

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    Dentro del derecho empresarial, el derecho mercantil es bastante importante, por lo cual en el presente estudiaremos la enseñaza de esta rama del derecho privado.

    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 07/05/2008 lVistas: 4,053

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    por: Fernando Jesús Torres Manriquel Leyesl 11/05/2008 lVistas: 2,390
    Jose Antonio Diaz Muro

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    por: Jose Antonio Diaz Murol Leyes> Ley Cibernétical 16/05/2010 lVistas: 3,728 lComentarios: 1

    La nueva plataforma http://afectadosnuevarumasa.abogae.com se presenta como un punto de encuentro para todos los afectados por el caso Nueva Rumasa, una web donde podrán recibir continua información y les permitirá estar al tanto de los últimos acontecimientos relativos a esta problemática.

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    regulación y particularidades de los alquileres de vivienda que se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos del año 1994 (actualmente vigente), de modo que me referiré siempre a los contratos celebrados a partir del día 1 de enero de 1995 (fecha de entrada en vigor de dicha normativa).

    por: abogael Leyesl 09/01/2011 lVistas: 207

    El valor venal suele de un vehículo suele provocar grandes polémicas cuando se trata de restablecer los daños materiales. Muchas organizaciones de consumidores han denunciado que es una cláusula abusiva contenida en la mayoría de las pólizas de seguros.

    por: abogael Leyesl 16/12/2010 lVistas: 436

    En 1492 los Reyes Católicos dictan la pragmática de expulsión de los judíos, amenazando con la pena de muerte y expropiación de todos sus bienes a los que la incumplieron, obligándoles a la venta de los mismos. Antes de las dificultades surgidas en la aplicación de la propia norma e incluso a acusa del posterior retorno de judíos al Reino, los mismos monarcas en 1499 dictarán una nueva pragmática en la que se determinaron las condiciones en las los judíos podrían retornar en España .

    por: abogael Leyesl 14/12/2010 lVistas: 170

    Cuando usted considere que se han producido deficiencias en el cumplimiento de las condiciones de su contrato de transporte (retrasos, pérdida o deterioro de equipajes, modificaciones de horario, deficiente calidad del servicio, escalas imprevistas, etc.), puede escribir una carta de reclamación o utilizar para ello las hojas de reclamaciones que las compañí­as aéreas tienen a su disposición.

    por: abogael Leyesl 12/12/2010 lVistas: 667

    ¿cuánto cobra un abogado?, ¿cuánto cobra un procurador?, ¿pueden cobrar lo que quieran?, ¿existe alguna regulación? este post va dirigido a contestar estas preguntas y a expresar mis experiencias al respecto en el ejercicio de la abogacía.

    por: abogael Leyesl 07/12/2010 lVistas: 1,148 lComentarios: 1

    En las Sentencias de separación y divorcio (incluso en un gran número de convenios reguladores) cuando se hace la atribución de la custodia de forma exclusiva a favor de uno de los progenitores se fija o se acuerda un régimen de visitas que suele ser el siguiente: fines de semanas alternos, desde el viernes a la salida del colegio hasta el lunes a la entrada del mismo, y mitad de las vacaciones. Y nos quedamos tan tranquilos.

    por: abogael Leyes> Lesiones Personalesl 02/12/2010 lVistas: 122 lComentarios: 1

    Reforma fiscal para el 2011 referentes al IRPF, el impuesto de sociedades y el IVA

    por: abogael Finanzas> Impuestosl 02/12/2010 lVistas: 953

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