Los Daños Punitivos

Posteado: 16/07/2011 |Comentarios: 0 | Vistas: 187 |

En primer lugar, es importante que el lector sepa que los "daños punitivos" no existían en el derecho argentino sino hasta el año 2008, momento en el cual fueron introducidos con la reforma de la Ley de Defensa del Consumidor.

Origen – Derecho anglosajón

Para una explicación clara, creemos que lo mas práctico es dedicar unos renglones al famoso caso judicial de los EE.UU. "Grimshaw vs. Ford Motor Co." (1) de 1981, sobre el cual se hiciera la película "Class Action" ("Acción de clase") protagonizada por Gene Hackman en el año 1991.

En Mayo de 1968, FORD MOTOR COMPANY creó el modelo "Ford Pinto" con un grave error de diseño que hacía que el vehículo explotara si era embestido en su parte trasera a una cierta velocidad (por la mala ubicación del tanque de combustible).

Al tomar conocimiento de la falla, FORD analizó el costo económico de rediseñar el modelo y retirar todos los vehículos vendidos, o de indemnizar a las victimas por posibles explosiones.

En base a un cálculo de "costo-beneficio", FORD estimó que era mas costoso rediseñar el automóvil y retirar los rodados del mercado que pagar las indemnizaciones a las víctimas y a sus familias.

FORD conocía el defecto del vehículo ya que fue detectado en las pruebas de fabricación y aunque pudo modificar el diseño del "Pinto" y disminuir la posibilidad explociones por choques traseros, no implementó el cambio de diseño - que hubiera tenido un costo de U$S 15 por unidad - porque demostró en base a un análisis estadístico que esa modificación sólo hubiera evitado 180 muertes, 180 personas con lesiones graves y 2100 vehículos incendiados.

FORD defendió ante los estrados judiciales de los EE.UU. su teoría del "costo-beneficio" (anteriormente aceptada por los jueces) en el hecho de que el costo de rediseñar los automóviles (137 millones) era mucho mayor que el "beneficio social" (así lo llamaron) al evitar muertes, heridos y vehículos destruidos por el fuego (49.5 millones por pago de indemnizaciones).

Así las cosas, ante cada reclamo judicial iniciado por las familias de las víctimas fallecidas por la explosión del automóvil, FORD inmediatamente ofrecía una indemnización para dar por terminado el juicio.

Y todo siguió su curso hasta el caso "Grimshaw" donde se demostró que FORD conocía la falla del vehículo pero omitió reparar y reemplazar las unidades defectuosas ya que era "menos costoso" pagar las indemnizaciones por muerte o lesiones.

El juez del caso, además de otorgar U$S 2.500.000 al niño que sufrió un daños severos y permanentes por quemaduras y U$S 560.000 a la familia de la víctima fallecida en concepto de daños y perjuicios (en el derecho norteamericano "comppensatory damages"), fijó una indemnización por "Daños Punitivos" de U$S 125.000.000 (Ciento veinticinco millones de dólares).

Con esa indemnización, el Juez del caso intentó que la conducta de FORD no sea repetida ni por FORD ni por cualquier otra empresa de los EE.UU.

(1) Court of Appeal of California, Fourth Appellate District, division two. 119 Cal App 3 D. 757; 174 Cal RPTR 34

DERECHO ARGENTINO

En el año 2008, los Daños Punitivos han sido introducidos en nuestro derecho mediante la importante reforma a la ley de Defensa del Consumidor en su artículo 52 bis creando en favor de los consumidores la posibilidad de reclamar una indemnización por "Daños Punitivos" aunque con un límite de $ 5.000.000.

A diferencia del derecho de EE.UU. (donde no existe límite y las indemnizaciones por daño punitivo son compartidas por el Estado y el consumidor en un 50% cada parte), en la Argentina toda la indemnización es otorgada al consumidor con el límite señalado.

En nuestra Sección de Jurisprudencia podrá ver los últimos pronunciamientos judiciales de nuestro país donde los daños punitivos ya han sido aplicados.

Si le interesó esta nota y desea conocer mas detalles sobre el caso del Ford Pinto vea el artículo "Detalles técnicos del caso "Grimshaw vs. Ford Motor Co." en la página web del Estudio Jurídíco Walter L. Szcerb, abogado especialista en derecho del consumidor www.estudiowls.com.ar

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