Contabilización De Retenciones De Impuesto Sobre La Renta (Islr) E Impuesto Al Valor Agregado (Iva)

Posteado: 14/09/2010 |Comentarios: 1 | Vistas: 2,392 |

Cuentas involucradas:
1.- Para las retenciones de ISLR soportadas y efectuadas:
Cuenta Deudora: Ret. ISLR por Compensar
Cuenta Acreedora: Ret. ISLR por Enterar

2.- Para los Créditos Fiscales (CF) y Débitos Fiscales (DF) de IVA:
Cuenta Deudora: IVA Créditos Fiscales
Cuenta Acreedora: IVA Débitos Fiscales

3.- Para las Retenciones de IVA soportadas y efectuadas:
Cuenta Deudora: Ret. de IVA por Compensar
Cuenta Acreedora: Ret. de IVA por Enterar

Ejemplo Empresa X:
Consideraciones Previas:

1) A los efectos de este ejemplo se considera que tanto La Empresa X como la Q son Contribuyentes Especiales y por tanto Agentes de Retención de IVA.

2) En ambos casos las Empresas cumplen con las formalidades de facturación dispuestas por ley, en consecuencia retienen el 75% del IVA facturado.

3) Los títulos utilizados para las cuentas son meramente referenciales.

4) La mayoría de los software administrativos en el mercado nacional, cuentan con módulos y herramientas que permiten la generación de los principales reportes requeridos para un eficiente control de las operaciones fiscales, si su software no los contempla o su empresa sólo utiliza un software contable, se le sugiere manejar las cuentas fiscales con los auxiliares necesarios.

5) Las letras en rojo al inicio de cada asiento se corresponden a las referencias cruzadas con el mayor analítico de la gráfica.

Empresa X contrata servicio de transporte por Bs. 10.000 a Empresa Y.

Asientos:

Al Contratar:
a
Fletes                                             10.000,00
IVA Créditos Fiscales                     1.200,00
Cuentas x Pagar Empresa Y                         11.200,00

Al momento del Pago:

b
Cuentas x Pagar Empresa Y       11.200,00
Ret. ISLR por Enterar                                        300,00*
Ret. de IVA por Enterar                                     900,00
Banco                                                            10.000,00


Al momento de Enterar:
c
Ret. ISLR por Enterar                     300,00
Banco                                                                300,00

d
Ret. de IVA por Enterar                 900,00
Banco                                                               900,00


Ahora bien, para ver con claridad todo el movimiento de las cuentas registremos una Venta:

Empresa X presta Servicio de Mantenimiento de Equipos a empresa Q
Al Momento de Facturar:
e
Cuentas x Cobrar Empresa Q .            22.400,00
IVA Débitos Fiscales                                                 2.400,00
Venta Servicios                                                       20.000,00


Al momento del Cobro:
f
Banco                                                    20.200,00
Ret. ISLR por Compensar                          400,00**
Ret. de IVA por Compensar                    1.800,00
Cuentas x Cobrar Empresa Q                                 22.400,00


Asiento IVA Declaración Mensual:
g

IVA Débitos Fiscales                              2.400,00
Ret. de IVA por Compensar                                      1.800,00
IVA Créditos Fiscales                                                  600,00***


NOTAS
*

Se considera que el servicio de Fletes es prestado por una persona jurídica Domiciliada, de acuerdo a la normativa la retención es del 3%.

**

Igual consideración pero la alícuota es del 2%, se refiere a otros servicios no especificados, contratistas y subcontratistas. Las retenciones de ISLR soportadas no se compensan sino al final del ejercicio Fiscal con la Declaración Definitiva de Rentas.

***

Por lo efecto de las retenciones de IVA soportadas, muchas empresas no pueden compensar todos sus Créditos Fiscales, en este ejemplo la empresa solo pudo compensar Bs. 600 de los 1.200   quedando saldo de 600 para ser compensados como excedentes de Créditos Fiscales de meses anteriores, en declaraciones futuras, sin embargo en algunas empresas este patrón se repite mes a mes generando un pote que se acumula y traslada de ejercicio en ejercicio, por tal motivo si las cantidades son significativas, las empresas optan por ceder o vender los Créditos excedentes.


retenciones.jpg Grafica

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    Los periodos de realización y presentación de la renta están comprendidos entre mayo y julio del año correspondiente. Los periodos de realización y presentación de la renta están comprendidos entre mayo y julio del año correspondiente.

    por: knilssonl Finanzas> Impuestosl 10/05/2012 lVistas: 16

    El SAT ha denunciado a 10 empresas debido al uso ilegal de su sello actuando como si fueran PAC cuando realmente no lo son

    por: Saturtel Finanzas> Impuestosl 07/05/2012 lVistas: 18

    Los CFDI se actualizan a menudo debido a que en los software siempre hay cosas que mejorar: seguridad, rapidez, acciones que antes no se daban... por ello elegir un PAC que actualice bien y rápido es fundamental

    por: Saturtel Finanzas> Impuestosl 26/04/2012

    Entre los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) y los Comprobantes Fiscales Digitales de Internet (CFDI) solo sobrevivirá uno. Conoce sus diferencias

    por: Saturtel Finanzas> Impuestosl 26/04/2012 lVistas: 21

    La factura electrónica ya está dando beneficios tangibles para miles de empresas mexicanas. Después de un parto difícil, la maduración y crecimiento está siendo positivo

    por: Saturtel Finanzas> Impuestosl 12/04/2012

    Dieciocho meses después del inicio de la factura electrónica suenan nuevos cambios: los 4 millones de pesos que obligan a facturar electrónicamente podrían bajar a 2 millones

    por: Saturtel Finanzas> Impuestosl 12/04/2012 lVistas: 38

    La factura electrónica, es una solicitud formal de pago, es un documento comercial emitido por el vendedor. Indica las fechas en que los productos o servicios fueron entregados / prestados y el monto a pagar por el comprador / cliente.

    por: Enriquel Finanzas> Impuestosl 11/04/2012 lVistas: 27

    La factura electrónica es más sencilla desde la ventanilla única, otro sistema de software que permite mayor control y agilidad en todos los procesos

    por: Saturtel Finanzas> Impuestosl 11/04/2012 lVistas: 15
    Rubén D. Viloria

    En términos generales se reconocen en nuestra legislación cuatro grandes grupos generadores del hecho imponibles en materia de IVA, estos son, la Enajenación de Bienes Muebles, la Prestación de Servicios (Incluye los servicios provenientes del exterior), la importación definitiva de bienes muebles y las exportaciones de bienes muebles y servicios, esto en cuanto a la actividad sobre la cual recae el impuesto

    por: Rubén D. Vilorial Leyesl 29/03/2011 lVistas: 376
    Rubén D. Viloria

    Preguntas y respuetas frecuentes sobre el ejercicio del derecho de disfrute de vacaciones, de acuerdo a la ley orgánica del trabajo venezolana y su reglamento

    por: Rubén D. Vilorial Leyesl 25/01/2011 lVistas: 2,114 lComentarios: 5
    Rubén D. Viloria

    La utilización de contratos a tiempo determinado con el fin de simular o disfrazar de algún modo la relación laboral y asi burlar la estabilidad y-o la inamovilidad laborarl de sus trabajadores es considerada por nuestra legislación como 'fraude a la ley'

    por: Rubén D. Vilorial Leyesl 13/01/2011 lVistas: 614
    Rubén D. Viloria

    Un porcentaje importante de pequeños empresarios desconoce, que existe un sinfín de soluciones informáticas en el mercado que les permitirían automatizar sus procesos contables y administrativos a un costo bastante razonable

    por: Rubén D. Vilorial Finanzas> Impuestosl 07/01/2011 lVistas: 294
    Rubén D. Viloria

    Es quizás éste uno de los puntos más controvertidos en el ámbito del Derecho Laboral Venezolano a raíz de la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores (Decreto Nº 4.448 G.O Nº 38.426 del 28 de abril de 2006) en virtud de lo dispuesto en su Art.19, el cual introduce en el cuerpo normativo laboral patrio un elemento colidente con las disposiciones contenidas en el Art. 2 de la Ley de Alimentación para los Trabajadores. (G.O N° 38.094 27/12/2004)

    por: Rubén D. Vilorial Leyesl 01/09/2010 lVistas: 3,368 lComentarios: 14
    Rubén D. Viloria

    En un número significativo de las (PYME's) de nuestro país, a pesar de que se cumple con la obligación tributaria de retener en la fuente por los conceptos expresados en el Capítulo III, Art- 9 del Reglamento parcial de la LISLR en materia de Retenciones , no sucede así en lo atinente a las retenciones que deben practicarse sobre los pagos realizados a las personas naturales beneficiarias de sueldos y salarios a las cuales hace referencia referida normativa.

    por: Rubén D. Vilorial Leyesl 27/08/2010 lVistas: 332
    Rubén D. Viloria

    Uno de los principales problemas que afrontan las PYME's en cuanto el cumplimiento de sus obligaciones tributarias como agente de retención del ISLR, es la determinación del momento exacto en que tal obligación surge, la retencion del impuesto en la fuente derivado de la contratación de servicios, a todas luces apertura el lapso del cual goza el contribuyente para enterar, las cantidades retenidas, al Tesoro Nacional, evitando así sanciones por extemporaneidad en la retensión y el enteramiento

    por: Rubén D. Vilorial Leyesl 19/08/2010 lVistas: 674

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    Comments on this article

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    ARAMEN MUÑOZ 11/05/2011
    COMO CONTABILIZAR UNA DECLARACION DE RENTA, EL ANTCIPO DE RETENCION EN LA FUENTE DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
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