Formas De Violencia En El Hogar
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
Las víctimas de la violencia sufren de problemas psicológicos para toda la vida.
Lucas 17:26 Dice: “Como fue en los días de Noé, así será también será el día en que regrese el hijo del hombre”.
Entonces fui a ver en Génesis 6:5 y 11. “El Señor vio que la maldad de los hombres se había multiplicado sobre la tierra, y que todo designio de los pensamientos del corazón de ellos era de continuo solo el mal”. “A la vista de Dios, la tierra se había corrompido y estaba llena de violencia”.
La tierra estaba llena de violencia. ¿Que es violencia?
De acuerdo con el diccionario, es una manera de actuar agresiva y brutal con el propósito de cambiar algo o de destruirlo.
Fondo: propósito de cambiar o destruir.
Forma: Uso de la fuerza.
La violencia inicia en el hogar. Este tipo de violencia lo conocemos como violencia doméstica o intrafamiliar. Los psicólogos la definen de la siguiente manera: Es un acto de poder dirigido a someter física, verbal y emocionalmente a cualquier miembro de la familia.
La violencia se presenta como maltrato en todas sus formas y es ejercida de padres a hijos, de hijos a padres, de hermanos a hermanos, del esposo hacia la esposa y de la esposa hacia el esposo. Sus víctimas sufren problemas psicológicos para toda la vida.
Formas de violencia:
Maltrato físico:
- Golpes,
- empujones,
- pellizcos,
- jalones, etc.
Maltrato verbal:
- Gritos e insultos.
Maltrato económico:
- Ejerce control sobre el patrimonio y los bienes,
- se apodera de las ganancias,
- devalúa el trabajo de la pareja,
- no satisface las necesidades económicas del hogar ni tampoco permite que otros trabajen, imponiendo así dependencia económica.
Maltrato psicológico:
- Condicionamientos,
- intimidaciones,
- amenazas,
- negligencia,
- comparaciones destructivas,
- omisión de amor,
- indiferencia,
- infidelidad, etc.
- Y todas la formas de maltrato.
La finalidad (Lo que hay en el fondo) de actuar con violencia es someter para tener el control. El Deseado de Todas las Gentes en la página 706 dice: “Solo el gobierno satánico recurre al poder compulsorio (Uso de la fuerza). Los principios del Señor no son de este orden (No te obligan). Su autoridad descansa en la bondad, la misericordia y el amor y la presentación de estos principios es el medio que quiere emplear. El gobierno de Dios es moral y la verdad y el amor han de ser la fuerza que lo haga prevalecer”.
El Conflicto de los Siglos en la página 547 reza: “Dios quiere que todas sus criaturas le rindan un servicio de amor y homenaje que provenga de la apreciación inteligente de su carácter. No le agrada la sumisión forzada y da a todos libertad para que le sirvan voluntariamente”.
La violencia atenta en contra de la dignidad de sus víctimas porque atenta en contra de los derechos humanos, menoscaba la estima propia y obstaculiza la plena realización del individuo.
Cuando alguna de nuestras necesidades está insatisfecha entramos en un estado de ansiedad. La ansiedad trae sentimientos de aprensión (malos presentimientos), culpabilidad, baja autoestima, vulnerabilidad y sensación de desamparo.
La ansiedad conforme es mas intensa es incapacitante y es causa de enfermedades como la gastritis y la alta presión solo por mencionar algunas. Además se debilita el sistema inmunológico quedando vulnerables a las infecciones
Si tú ejerces la violencia en tu hogar para obtener el control de tu familia, recuerda que las víctimas de la violencia sufren problemas psicológicos para toda la vida.
Recordemos lo que dice el libro el Deseado de Todas las Gentes en la página 760: “Solo el gobierno satánico recurre al poder compulsorio. Los principios del Señor no son de este orden. Su autoridad descansa en la bondad, la misericordia y el amor y la presentación de estos principios es el medio que quiere emplear. El gobierno de Dios es moral y la verdad y el amor han de ser la fuerza que lo haga prevalecer”.
Seamos imitadores de Dios y gobernemos nuestros hogares con bondad, misericordia y amor y erradiquemos la violencia.
Hacer una pregunta
La existencia del fenómeno de la violencia sobre los ancianos en el entorno de la familia cubana, ha sido analizado como uno de los grupos de riesgo victimal de mayor afectación toda vez que se encuentra constituido por las personas de la tercera edad, grupo etareo que ha crecido aceleradamente debido al aumento de longevidad de nuestra población.
En este artículo podrás comprender qué es un acto violento, cómo reconocerlo y enfrentarlo. Algunas personas no atinan a dar nombre a lo que están viviendo, pero generalmente se le denomina: violencia. Es importante entender cómo surge la violencia, como se instaura y cuáles son los mecanismos que la establecen, la toleran y la alientan. Los actos violentos están sujetos a ciclos que es necesario romper, para salir de ella.
Antes de ingresar a tratar el tema de la violencia familiar en las áreas mencionadas, consideramos que es necesario que definamos la violencia familiar
La violencia, lamentablemente, crece a grandes pasos y puede vivirse en toda la sociedad, sin embargo la familia, base de toda sociedad, está sufriendo cada vez más estos maltratos. Es urgente y necesario erradicar la violencia en todas sus formas y dar lugar a generaciones de personas sanas y equilibradas.
Toda acción realizada en contra de un familiar o persona con relación familiar, que puede ser desde un empujón hasta golpes más fuertes y nocivos.
En este artículo podrás comprender cuáles son algunas de las causas que pueden llevar a una relación en pareja, a la violencia, no sólo, a la pareja, sino ,a la familia misma. Comprender los fatores que la determinan, es entender, lo que nos sucede, en este tipo de relaciones. El primer punto requiere, el darse cuenta, que nos encontramos en una situación de esa naturaleza. Despué, tomar acciones que nos permitan llevar a cabo acciones que nos permitan crecer, como familia, como pareja
A menudo se piensa que la violencia de género se da en aquellos países llamados "del tercer mundo". En este artículo lee lo que sucede en un país tan avanzando como Australia, donde las mujeres siguen sufriendo violencia por parte de sus parejas.
Es fundamental detectar y por ende tratar la violencia emocional o psicológica desde el comienzo. El noviazgo es un tiempo donde debes abrir los ojos y hacer lo posible por ver en forma objetiva si la otra persona ejerce maltratos sutiles, pero que en un futuro pueden desembocar en formas violentas de convivencia.
En el presente trabajo hemos realizado un breve acercamiento a la temática de la victimología desde el fenómeno de la violencia, en primer orden por la importancia que reviste para contrarrestar el aumento de ésta ante los sujetos más vulnerables en la Familia.
Podrías estar pensando que conocer la personalidad de alguien es algo que requiere pasar meses o incluso años con esa persona, sin embargo, al entender algunos principios simples acerca del comportamiento de las personas comenzarás a notar que su personalidad puede ser revelada a través de pequeñas acciones que generalmente otros pasan por alto.
Son muchas las situaciones que ejercen estrés en nosotros tales como las malas noticias, la asimilación de la información que cambia constantemente, percibir amenazas, conducir vehículo, presiones grupales entre otras.
Hay muchas personas que están buscando como superar los miedos provocados por la percepción de un peligro real o supuesto y que puede ocurrir ahora, en el futuro o que incluso ya pudo haber ocurrido.
¿Eres de las mujeres que corre todo el tiempo y te has sobre exigido tanto que te entregas a tu familia, al trabajo y a otras actividades con tanta pasión que pocas veces pones los ojos en ti misma?
Personalidad borderline o limítrofe Según los criterios de la clasificación de la Asociación Psiquiátrica Americana (DSM-IV), el llamado Trastorno Límite de la Personalidad, también llamado Personalidad Borderline (Personalidad Limítrofe o Fronteriza)
Se ha dicho que entre mayor sea el deseo, mayor es el compromiso por obtener un resultado. Considera lo siguiente; ¿En alguna ocasión has estado tan "concentrado" en obtener algo, que nada ni nadie pudo desviarte de obtener lo que querías?
Análisis de una de las figuras más brillantes del futbol actual. "El método guardiola" visto desde un punto de vista psicodinámico.
Hay personas que pasan años y años sufriendo las consecuencias de una depresión y no saben que esta es posible erradicarla, incluso, sin tomar medicamentos que a la larga tienen consecuencias adversas en el organismo.
En estos tiempos modernos pedecemos de enfermedades cada vez mas dificiles de diagnosticar y de combatir. Nuestros hábitos alimenticios ejercen una acción directa sobre nuestra salud.
Nuestros pensamientos ejercen una gran influencia sobre nuestros sentimientos y sobre nuestra conducta y nuestra conducta influye sobre nuestros pensamientos y sentimientos.


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DENUNCIA:
EXP: 5597 .-
DIVISION DE DISCIPLINA de Físcalia-
DENUNCIA CONTRA FISCAL NONAGÉSIMA SEXTA (96º) DEL MINISTERIO PÚBLICO (EN MATERIA DE FAMILIA), DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
EXP: 09.02275.-
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA,
(D.E.M.)
INSPECTORIA GENERAL DE TRIBUNALES.-
DENUNCIA CONTRA LA JUEZ NOVENO DE LOPNA DE CARACAS .
POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO, VIOLACIÓN A LA TUTELA JUDICIAL Y AL DERECHO A LA DEFENSA DE NIÑO DE UN AÑO DE EDAD DISCAPACITADO.
Por actuar sin eficacia,
objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia buena fe y confianza, que debe procurar todo Funcionario Público cuando se le eleva un procedimiento a su conocimiento la Fiscal 96 del M.P., de Familia, impulsando en toda la secuela del procedimiento plagado de irregularidades procesales, que sustanció la JUEZ de la Sala de Juicio Nº IX, del Circuito Judicial del Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas,(LOPNA), en el Asunto signado con el
Nº AP51-V-2008-011774, demostrando un desconocimiento de las nociones y herramientas básicas del derecho, en Materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Así como el desconocimiento de la Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán de fecha 27 de abril de 2007, en el expediente signado con el Nº 07-0130, que fijó todas las pautas procedimentales en los casos de Restitución de Custodia de Niños (a) y
Adolescentes, vinculante por ende de obligatorio cumplimiento para todo los funcionarios y funcionaria del Poder Judicial, relativas al artículo 390 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño(a) y Adolescente,
Por encontrarse incursas en la violación
de las siguientes Leyes
y Artículos como son
CONSTITUCIÓN NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Art: 19,- Art: 21 parrafo dos,
Art: 29, -Art: 30,-
Art: 46 particular 4,-
Art: 49 ordinales 1, 6 y 8,
-Art; 60, -Art: 75, particular 2,- Art; 138,- Art: 139,- Art: 140,-
Art: 255 en su ultimo párrafo,
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
EN SUS ARTS: 26,- Art: 29,
Art: 30 parrafo tercero, -
Art: 32-a, - Art: 41, -
Art: 49, - Art: 56, - Art: 61, -
- Art: 88, - Art: 151, - -
Art: 216, - Art: 217, --Art: 254, -
Art: 270-a, - Art; 271, - Art: 272, - Art: 327, -
LEY ORGÁNICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Art: 1, - Art: 2, - Art: 9, -
Art: 12, - Art: 13, -
Art: 14, - Art: 18, - Art: 35, -
Art: 73, - Art: 77,.-
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA :
Art: 33 párrafos 1, 5, 6 y
10 con particulares letras b, c, d,(del mismo art 33 part 10) -
Art: 34 párrafo 3, - Art: 79, -
Art: 80, - Art: 81, -
Art: 82 párrafo 2, -
Art: 86 párrafos 2, 3, 6, 7, -
LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN
en sus artículos - Art: 16, -
Art: 19, -- Art: 22, -
Art: 67, - Art: 70, - Art: 71,
LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
Artículos 2 párrafo 2, - Art: 6, - Art: 8 particular 3ro, -
Art: 13 párrafo 4, -
Art: 16 ordinales 3 y 6, - Art: 18.-
CÓDIGO PENAL
En sus Articulos Art: 203, -
Art: 237, - Art: 242.-
Art: 245(Psicologa),- Art: 249,-
Art: 254, Art: 283, - Art: 286,
Art: 291, - Art: 316, - Art: 317, - Art: 322, - - Art: 462 ordinal 2, - Art: 463 ordinales 2,-
(NUEVO) CÓDIGO DE ÉTICA DEL FUNCIONARIO
PUBLICO
Art: 2, - Art: 3, - Art: 6, -
Art: 8, -Art: 10.-Art: 11.-
Art: 12.- Art: 24.-
Art: 32 particulares 1, 6, 7 y 8,- Art: 33 particulares: 1, 11, 12, 13, 14, 15, 20, 21, 23, 24.--
Denunciadas ante la Direccion Contra la CORRUPCION DE LA FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Ya que tal desconocimiento
originó la inconstitucional e ilegal restitución, de un niño con Discapacidad Neuromotora, de un año de edad, violando la Medida de Protección Dictada por la Juez de la Sala 16 de Lopna de Caracas de COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA
que para esta fecha actual, todavía se encuentra sin poder recibir su habilitación que venia recibiendo en el hogar sustituto designado por Medida de Protección de Colocación Familiar en Familia Sustituta dictada por la Sala 16 de
Protección de Niños y Adolescentes (lopna). Circuito Judicial de Caracas, desde que contaba con venticinco (25) días nacidos hasta el día 14 de abril de 2099, que contaba con trece (13 meses un (1) día de nacido, donde fue arrancado nefasta mente,
por una Ilegal e Inconstitucional Medida de restitución, practicada por la Juez Abg Nuryvel Antonieta Peña Gonzalez, JUEZ de la Sala IX del Circuito Judicial del Niño (a) y
Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Violando Normas de Orden Publico y del Debido Proceso así como el Derecho a la Defensa igual también a LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA,
entregando al bebe de un año con Discapacidad a un tercero que no estaba en el proceso, EJECUTANDO SENTENCIA QUE NO LA HABÍA PREPARADO, CON OTRAS GRAVES ARBITRARIEDADES.
(Denunciada en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura D.E.M. en la Inspectoria General de Tribunales,
con el numero de
Denuncia 0902275),
En virtud de la Demanda propuesta ilegal impulsada por la Fiscal 96 del M. P., en Materia de Familia, a favor del padre irresponsable RAMIRO VASQUEZ Y SU GRUPO FAMILIAR,
Ejecutando una sentencia sin haberla dictado primero y entregando el bebe de un(1) año a una tercera que no estaba en el proceso),
violentando el debido Proceso y el Derecho a la Defensa, SUBVIRTIENDO EL PROCESO completamente,
VALE DECIR NO ACTUÓ AJUSTADA A DERECHO,
Expediente el cual fue anulado mediante acción de Amparo Constitucional, en fecha 18 de mayo de 2009, por la Corte Superior Primera del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños (a) y
Adolescentes.(lopna), y
confirmada por el
Tribunal Supremo de Justicia en la Sala Constitucional
el dia: 04-12-09,
Expediente del tsj. n: 09-0715,
(sale en pag. del T. S. J., de internet),
donde se vuelve sentenciar que HUBO VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO, A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y AL DERECHOS A LA DEFENSA, EN
ESPECIAL AL BEBE CON DISCAPACIDAD así como a los accionantes
Denunciadas ante la Direccion Contra la CORRUPCION DE LA FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
TÍO ABUELO MATERNO DEL BEBE CON DISCAPACIDAD
TELEFONOS 0212-580.88.25
Y 0412-903.74.31 .
BATALLON 656 PSUV.,
VOCERO COMITÉ EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES
DEL CONSEJO COMUNAL BUENA VISTA
LUIS M., RODRIGUEZ PAREDES
DiGaMoS
No a lA ViOlEnCiA
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