Rubén D. Viloria
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Rubén D. Viloria P.Venezuela Egresado: Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública. Ciencias Fiscales Mención Finanzas Públicas. Universidad Santamaría: Derecho Especialista en Derecho Tributario.
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Es quizás éste uno de los puntos más controvertidos en el ámbito del Derecho Laboral Venezolano a raíz de la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores (Decreto Nº 4.448 G.O Nº 38.426 del 28 de abril de 2006) en virtud de lo dispuesto en su Art.19, el cual introduce en el cuerpo normativo laboral patrio un elemento colidente con las disposiciones contenidas en el Art. 2 de la Ley de Alimentación para los Trabajadores. (G.O N° 38.094 27/12/2004)
En un número significativo de las (PYME's) de nuestro país, a pesar de que se cumple con la obligación tributaria de retener en la fuente por los conceptos expresados en el Capítulo III, Art- 9 del Reglamento parcial de la LISLR en materia de Retenciones , no sucede así en lo atinente a las retenciones que deben practicarse sobre los pagos realizados a las personas naturales beneficiarias de sueldos y salarios a las cuales hace referencia referida normativa.
Surge el presente artículo como respuesta al requerimiento de un lector de "Articuloz", y su pretensión, es servir de guía para facilitar la comprensión de los registros contables de las operaciones fiscales relacionadas con las Retenciones de ISLR e IVA de la manera más didáctica posibles.
Preguntas y respuetas frecuentes sobre el ejercicio del derecho de disfrute de vacaciones, de acuerdo a la ley orgánica del trabajo venezolana y su reglamento
Uno de los principales problemas que afrontan las PYME's en cuanto el cumplimiento de sus obligaciones tributarias como agente de retención del ISLR, es la determinación del momento exacto en que tal obligación surge, la retencion del impuesto en la fuente derivado de la contratación de servicios, a todas luces apertura el lapso del cual goza el contribuyente para enterar, las cantidades retenidas, al Tesoro Nacional, evitando así sanciones por extemporaneidad en la retensión y el enteramiento
Un porcentaje importante de pequeños empresarios desconoce, que existe un sinfín de soluciones informáticas en el mercado que les permitirían automatizar sus procesos contables y administrativos a un costo bastante razonable
La utilización de contratos a tiempo determinado con el fin de simular o disfrazar de algún modo la relación laboral y asi burlar la estabilidad y-o la inamovilidad laborarl de sus trabajadores es considerada por nuestra legislación como 'fraude a la ley'
En términos generales se reconocen en nuestra legislación cuatro grandes grupos generadores del hecho imponibles en materia de IVA, estos son, la Enajenación de Bienes Muebles, la Prestación de Servicios (Incluye los servicios provenientes del exterior), la importación definitiva de bienes muebles y las exportaciones de bienes muebles y servicios, esto en cuanto a la actividad sobre la cual recae el impuesto
