Actividad Reciente
En un estado democrático, ejerciendo mí libertad de opinión y amparado en el Inc. 20 del art. 139 de la Constitución y en mi condición de estudiante de derecho, me encuentro en una confusión.
En el Código Penal Publicado en el año 1991 en el Perù, en el Art. 317 señala: "El que forma parte de una agrupación de dos o más personas destinada a cometer delito(..)". Modificatoria artículo 317 Código Penal,en el año 2004 , señala: "El que forma parte de una organización de dos o mas personas destinada a cometer delitos será reprimido por el sólo hecho de ser miembro de la misma (…)"
Ley Nº 26702, promulgada el 06-12-96, en adelante Ley General, establece en su artículo 222º que, en la evaluación de las operaciones que integran la cartera crediticia deberá tenerse presente los flujos de caja del deudor, sus ingresos y capacidad de servicio de la deuda, situación financiera, patrimonio neto, proyectos futuros y otros factores relevantes para determinar la capacidad del servicio y pago de la deuda
"En la Legislación Penal en el Perú existe el delito de Asociación Ilícita para Delinquir"

