Artículos Populares
1. ¿Qué relación tiene la factura telemática y la factura digital y la factura electrónica? 2. ¿Qué obligaciones tienen las empresas que emiten y reciben facturas electrónicas en su proceso de facturación telemático? 3. Si hay que tener consideraciones especiales con facturas rectificativas. 4. Las leyes españoles principales regulan la facturación telemática / factura electrónica. 5. ¿Qué es la facturae en este contexto?
En esta primera parte entramos en una breve definición de la telemática y explicamos qué es el registro telemático de documentos. En la segunda parte describiremos que relación hay entre la Factura Telemática y la Firma electrónica. Y en la última parte daremos un ejemplo de cómo una empresa se puede beneficiar del registro telemático de sus facturas.
¿Cuántas veces al abrir el buzón de casa hemos pensado que se envían demasiadas cartas comerciales? Centrándonos en el reciclaje del papel por parte de las empresas, por todos es sabido que, tan sólo, con aplicar el sentido común se reduciría un gran número de impresiones.
El diseño de dispositivos electrónicos cada vez más compactos y con funcionalidades más avanzadas, como es el caso de los teléfonos inteligentes y las tabletas, y el desarrollo de tecnologías que permiten cada vez mayores opciones de conectividad, han impulsado la movilidad empresarial más allá de lo que pudimos imaginar en un inicio.
Hace ya unos cuantos años que ocurrió la historia que os voy a contar. La razón de recordarla es que, muy recientemente, se ha vuelto a dar un caso tan similar que me ha hecho reflexionar sobre la naturaleza humana. Nuestra incapacidad de aprender de los errores de los demás...
Más de tres millones y medio de personas con discapacidad viven en España, según el Cuaderno Discapacidad y Accesibilidad de la Fundación Orange; un colectivo importante donde las Tecnologías de información juegan un papel importante como medio alternativo de interacción con el mundo y con el entorno laboral.
Cada día más las empresas y los organismos públicos están mostrando un especial interés por ser cada vez más eficaces y eficientes en el desempeño de sus procesos y su operativa diaria. La tecnología pone a su alcance herramientas innovadoras que contribuyen al impulso de su evolución.
Pronto se cumplirá el tercer año desde la entrada en vigor de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, normativa por la que se sientan las bases legales de la Contratación Electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas. Los cambios legislativos que implica son producto y reflejo de las necesidades y la evolución social hacia la modernización tecnológica, para lograr mayor eficacia, calidad y seguridad.
La Comisión Europea marcó el año 2010 como referencia en el calendario para que todas las administraciones adoptaran definitivamente los mecanismos de contratación electrónica, plazo que se ha ampliado hasta el año 2015 a tenor de la situación en la que nos encontramos en este sentido. ¿Dónde nos situamos hoy?
La recientemente aprobada Ley 25/2009 especifica la obligación de las organizaciones colegiales de disponer de la ventanilla única para que los profesionales puedan realizar todos sus trámites a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia. Pero además hay que tener en cuenta que le Ley Omnibus exige controlar el registro electrónico y la tramitación de expedientes. Veámoslo con más detalle:

